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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #1107424  por colibri7
 
Hola colegas, tengo un caso que la trabajadora (mas de 10 años de antigúedad y carga de familia) estuvo con licencia psiquiatrica por aprox 10 meses (no llegó a la reserva de puesto). la psiquiatra le otorga el alta pero con la condicion de que sean tareas livianas y en un ambiente de trabajo cordial (el ambiente es de mobbing por parte del jefe de personal, lo que motivó tambien la enfermedad, aunque nunca se denunció), la empresa recibe el certificado medico y acto seguido le manda CD infomrando que se notifican de su alta medica en el sentido que puede retomar sus tareas y luego le informan el distracto y liquidacion final a su disposicion.
se ne ocurrieron distintos caminos:
1) debería recharzar el despido, ya que la trabajadora no tiene el alta definitiva, por lo tanto no el despido no es incausado, es por causa de su enfermedad es discriminatorio.
2) tambien pense en no recharzarlo y que la trabajadora cobre lo que le den y luego recharzarlo. pero estaría consintiendo el despido, y a los abogados no nos conviene porque gran parte de la masa indemnizatoria quedaría fuera, creo que esta segunda opcion es la menos acertada.
3) la trabajadora estaba registrada en una categoría inferior a la correspondiente, deberia recharzar el despido, intimar a que retracten (para que no quede duda que la trabajadora desea conservar su trabajo, pero en tareas acordes a su salud), reclamar diferencias salariales, los meses con goce que le quedan por licencia, y daños y perjuicios.
escucho aportes, muchas gracias
 #1107452  por santiheladero
 
para mi le tiene q pagar el tiempo restante de licencia (supongo q por antiguedad y cargas son 12 meses) y la indemnizacion por despido sin causa del art 212 3 parrafo.
 #1107646  por andresxeneizes
 
1) debería recharzar el despido, ya que la trabajadora no tiene el alta definitiva, por lo tanto no el despido no es incausado, es por causa de su enfermedad es discriminatorio.
por la cuestion de la discriminacion no hace falta rechazar el despido, ya que es sin causa, lo que siempre hay que rechazar es la sancion al trabajador, pero si fue sin causa el despido y sin sancion no hay nada que hacer
2) tambien pense en no recharzarlo y que la trabajadora cobre lo que le den y luego recharzarlo. pero estaría consintiendo el despido, y a los abogados no nos conviene porque gran parte de la masa indemnizatoria quedaría fuera, creo que esta segunda opcion es la menos acertada.
a la trabajadora lo que mas le conviene es ir y cobrar, y luego de que cobro iniciar el juicio por discriminacion y/o diferencias en la indemnizacion
3) la trabajadora estaba registrada en una categoría inferior a la correspondiente, deberia recharzar el despido, intimar a que retracten (para que no quede duda que la trabajadora desea conservar su trabajo, pero en tareas acordes a su salud), reclamar diferencias salariales, los meses con goce que le quedan por licencia, y daños y perjuicios.
para mi esto te puede dar para meter en el combo las diferencias salariales de los ultimos dos años, entiendo que podria llegar a entenderse que tenes que intimar al pago de estas diferencias, pero nada te impediria hacerlo luego de que le paguen a la trabajadora la indemnizacion