Hola a todos, cómo les va?
Bueno, les cuento que vino a verme hoy un cliente que era miembro de una Asociación Civil sin fines de lucro (fue expulsado porque le atribuyen una malversación de fondos, situación que está en la justicia penal). El asunto es que en el año 2.011 el prestó dinero a la Asociación para que paguen deudas fiscales, lo cual quedó asentado en un acta y en los respectivos balances. El tema es que en el acta pusieron que se le devolvería el importe una vez que el Estado les pague un "subsidio" (tiene otro nombre, no recuerdo cuál es) que les paga mensualmente pero que se atrasó.
Mi cliente quiere cobrar ese dinero (vía ejecutiva) pero me entran las siguientes dudas:
1) en el caso de que todavía no haya cumplido el pago del subsidio, puede ejecutarlo? (en el caso de que no le hayan pagado, se les puede ejecutar de igual manera por no haber realizado las gestiones necesarias para que efectúen el cobro?) - Quiero evitar la subrogación, aunque creo que sería lo óptimo.
2) qué ocurre con los intereses en el caso de poder cobrarlo? (Empiezan a correr desde que los constituyo en mora?)
Muchas gracias!
Bueno, les cuento que vino a verme hoy un cliente que era miembro de una Asociación Civil sin fines de lucro (fue expulsado porque le atribuyen una malversación de fondos, situación que está en la justicia penal). El asunto es que en el año 2.011 el prestó dinero a la Asociación para que paguen deudas fiscales, lo cual quedó asentado en un acta y en los respectivos balances. El tema es que en el acta pusieron que se le devolvería el importe una vez que el Estado les pague un "subsidio" (tiene otro nombre, no recuerdo cuál es) que les paga mensualmente pero que se atrasó.
Mi cliente quiere cobrar ese dinero (vía ejecutiva) pero me entran las siguientes dudas:
1) en el caso de que todavía no haya cumplido el pago del subsidio, puede ejecutarlo? (en el caso de que no le hayan pagado, se les puede ejecutar de igual manera por no haber realizado las gestiones necesarias para que efectúen el cobro?) - Quiero evitar la subrogación, aunque creo que sería lo óptimo.
2) qué ocurre con los intereses en el caso de poder cobrarlo? (Empiezan a correr desde que los constituyo en mora?)
Muchas gracias!
