gente:
tengo una duda referida a los plazos de prescripcion de malas praxis medicas.
este es el caso (las fechas son reales; simplifico todo lo demas):
al paciente, llamemosle juan, lo internan desde el 5 hasta el 12 de agosto de 2013 en una clinica privada que es la involucrada en la mala praxis. o sea que durante esa semana se produce la mala praxis. y a juan lo dan de alta en muy mala condicion de salud. el 14 de agosto, es decir apenas dos dias despues del alta, la salud de juan se agrava (las consecuencias de la mala praxis anterior se agravan), y al paciente lo internan de urgencia en otra clinica. esta otra clinica NO comete mala praxis, pero la salud de juan venia tan mal encaminada que no logran mejorarlo: entra en coma, agoniza un par de meses, y finalmente muere el 15 de octubre de 2013.
entiendo que hay dos años para iniciar acciones (y que el nuevo codigo no va a cambiar esto para atras)... pero a partir de cuando se cuentan?
-a partir del 5 de agosto de 2013, que es cuando se inicio la internacion de una semana durante la que se produce la mala praxis?
-a partir del 12 de agosto de 2013, que es cuando finaliza dicha semana de internacion?
-o a partir del 15 de octubre de 2013, que es cuando las consecuencias de la mala praxis finalmente determinan la muerte del paciente? (les reitero que la muerte se produce en el otro sanatorio, no en el de la mala praxis.)
en cualquier caso, vengo medio en el horno con los tiempos, asi que tambien aprovecho para pedirles la recomendacion de un medico legista, no muy caro, en capital.
gracias desde ya y un saludo para todo el foro!
tengo una duda referida a los plazos de prescripcion de malas praxis medicas.
este es el caso (las fechas son reales; simplifico todo lo demas):
al paciente, llamemosle juan, lo internan desde el 5 hasta el 12 de agosto de 2013 en una clinica privada que es la involucrada en la mala praxis. o sea que durante esa semana se produce la mala praxis. y a juan lo dan de alta en muy mala condicion de salud. el 14 de agosto, es decir apenas dos dias despues del alta, la salud de juan se agrava (las consecuencias de la mala praxis anterior se agravan), y al paciente lo internan de urgencia en otra clinica. esta otra clinica NO comete mala praxis, pero la salud de juan venia tan mal encaminada que no logran mejorarlo: entra en coma, agoniza un par de meses, y finalmente muere el 15 de octubre de 2013.
entiendo que hay dos años para iniciar acciones (y que el nuevo codigo no va a cambiar esto para atras)... pero a partir de cuando se cuentan?
-a partir del 5 de agosto de 2013, que es cuando se inicio la internacion de una semana durante la que se produce la mala praxis?
-a partir del 12 de agosto de 2013, que es cuando finaliza dicha semana de internacion?
-o a partir del 15 de octubre de 2013, que es cuando las consecuencias de la mala praxis finalmente determinan la muerte del paciente? (les reitero que la muerte se produce en el otro sanatorio, no en el de la mala praxis.)
en cualquier caso, vengo medio en el horno con los tiempos, asi que tambien aprovecho para pedirles la recomendacion de un medico legista, no muy caro, en capital.
gracias desde ya y un saludo para todo el foro!