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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #1107402  por Romitesta
 
Buenos días.
Hago esta consulta porque es la primera RTI que voy a presentar regulando 30 años para una persona que tenia inscripción.

Lei otros post que se podía realizar y que han salido aprobadas.

Mi inquietud es si puedo utilizar el art. 3 y el art. 1 Ley 25321.
Puedo modificar la actividad de autónomos anterior al 12/2003?.

Estuve leyendo que si se puede, pero como tiene una inscripción por la cual me permite regularizar los 30 años, me genera la duda si en este caso debo respetarla.

Muchisimas gracias!...
 #1107589  por MARIO1943
 
Hago esta consulta porque es la primera RTI que voy a presentar regulando 30 años para una persona que tenia inscripción.

Lei otros post que se podía realizar y que han salido aprobadas.

CORRECTO


Mi inquietud es si puedo utilizar el art. 3 y el art. 1 Ley 25321.

SI PODES, NO SE PUEDE CUANDO VAS POR LOS 18 MESES , AHI TENES QUE APLICAR EL DERCRETO 526/95, SE PUEDE UTILIZAR EL ART 3 , SIEMPRE QUE CORRESPONDA SEGUN LA FECHA DEL ULTIMO PERIODO PAGO
Puedo modificar la actividad de autónomos anterior al 12/2003?.

SI

Estuve leyendo que si se puede, pero como tiene una inscripción por la cual me permite regularizar los 30 años, me genera la duda si en este caso debo respetarla.

NO LA PODES RESPETAR HASTA 12/2003


MIRA QUE ANSES, NO CONSIDERA A LOS MONOTRIBUTISTAS COMO AUTONOMO PARA PENSIONES Y RTI, COMO NO PONES SI ESTA ISNCRIPTO EN AUTONOMO O MONOTRIBUTISTA?
 #1108257  por andremr
 
Estimados, en el caso de una persona que hizo aportes desde el 2005, pagando rigurosamente mes a mes retroactivo...y luego le aplican la nueva moratoria, SIN RECONOCER TODOS LOS AÑOS DE APORTES ANTERIORES, es decir, liquidan la jubilación (servicio doméstico) descontando moratoria, como si nunca hubiese aportado. Qué puedo iniciar a fin de reclamar estos aportes ante AFIP? Gracias
 #1108495  por AUKA
 
si es por la nueva moratoria, entiendo que la rti se puede solicitar con inscripción previa sea como autónomo o como monotributista, diferente es para el causante de una pension por fallecimiento que sí debe ser afiliado autónomo.

Prev 16-31

V - Sujetos comprendidos
1. Los trabajadores autónomos inscriptos o no en el Sistema Integrado de Jubilaciones y
Pensiones actual Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) (puede acogerse
cualquier sujeto sin tener inscripción previa de autónomo –salvo los fallecidos). A tal
fin, se entenderá por trabajador autónomo, al sujeto considerado como tal por la Ley
Nº 24.241 y sus modificatorias.
2. Los sujetos adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes
(Monotributistas) conforme lo estipulado por la Ley 24.977 y sus modificatorias.
3. Los derechohabientes previsionales del trabajador autónomo o monotributista
siempre que el fallecido cuente con afiliación autónoma anterior al fallecimiento.
4. El solicitante de un Retiro Transitorio por Invalidez deberá estar previamente
inscripto como trabajador autónomo o monotributista, para adherirse al citado plan,
de acuerdo con las disposiciones de la Resolución DE N° 319/06.
 #1108496  por AUKA
 
En realidad para el caso de la pensión también se podría ya que dice

Tendrán derecho a inscribirse en el precitado régimen, los derechohabientes
previsionales del trabajador autónomo o monotributista fallecido (art. 53 de la
Ley Nº 24.241 y sus modificatorias), para acceder a la prestación prevista en el
inciso d) del art. 17 de la referida ley, siempre que existiera inscripción del
causante previo al deceso en calidad de trabajador autónomo o monotributista
.