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 #1109050  por leoolopez3
 
hola a todos : me quedaron unas dudas respecto a los casos que plantee hace mas de 15 días son para facultad lo cual tengo que aprobar si o si , ahora me han pasado los casos tal cual me los dieron ya que la anterior vez fueron con mis palabras <.
CASO 1 DELITOS :ABANDONO DE PERSONAS ART 106 y agravante 107 ? TENTATIVA ? COMISIÓN POR OMISIÓN 79? NO HAY DELITOS? otra cosa delito de peligro abstracto o concreto?
Ana durante los nueve meses de su embarazo lo ha ocultado, por temor a las represalias de su padre. Cuando comienza a sentir los primeros dolores de parto, se dirige hacia un pequeño bosque, cercano a su casa, donde, sin ayuda de nadie tiene a su bebé; al que lo deja sin brindarle atención, alejándose del lugar. Al poco rato atina a pasar una persona que sintiendo el llanto del bebé, lo busca y lográndole encontrar, le salva la vida, al brindarle auxilios.

CASO 2 : DELITOS : Caso 2: hurto (art 162) ,abigeato (art 167 ter) o defraudación atenuada (art 175 inc 1)? / cohecho pasivo (art 256), cohecho activo art 258) / Encubrimiento (art 277 inc 1 c) Receptación de cosas procedentes de un delito, atenuado por el( 277 inc 2) o en la ultima parte no se encubrimiento por excusa absolutoria ? o que otros delitos son?

Alejandro es peón agrario y transitando en su caballo por un camino rural, ve otros dos caballos sueltos pastando a los que supone perdidos. Los enlaza y sigue con ellos con intención de buscar a su dueño. Al cabo de un tiempo de andar por el camino es interceptado en su paso por dos policías e interrogado por la procedencia de los mismos, Alejandro les dice que eran suyos. Al incurrir en distintas contradicciones los policías le manifiestan que deberá acompañarlos, quedando detenido, ante lo cual Alejandro les propone, entregarles la mitad de lo que obtenga por la venta de uno de los caballos a cambio de hacer “como que si nunca lo hubieran visto”. Ambos policías aceptan el trato y, luego de acordar detalles de la entrega del dinero Alejandro sigue camino. Al llegar a su casa con los dos animales ajenos llama por teléfono a Javier, su primo de una localidad rural vecina para ofrecerle en venta los animales. A Javier, dado su conocimiento sobre la modesta vida de Alejandro como Peón agrario le resulta dudosa la procedencia de los animales pero acepta comprárselos pues el precio le convenía. Esa misma tarde va a buscar los animales, paga lo acordado a su primo, quien por la noche telefonea a uno de los oficiales de policía para confirmarle los detalles del pago acordado para primera hora de la mañana siguiente.
 #1109147  por Pandilla
 
Mi opinión es que, en el primer caso, la acción encuadra dentro de los arts. 106 y 107 del Código Penal.Más que nada por la imposibilidad de cuidarse o salvarse (a través del llanto) a si misma de la criatura.

Saludos *cafe*