Hola, les comento que para pagar tasa de justicia en una sucesión me aceptaron la valuacion que da catastro por un oficio, sin necesidad del Certificado catastral, lo que bajo mucho el monto, ya que el estado parcelario dio una valuación de 100000 pesos mas que la anterior. El juzgado acepto el valor del oficio para el pago de tasa y sobretasa y ordeno la inscripción. Les comento esto porque era la primera vez que lo hacia y consultando en el foro, me dijeron que si o si tenia que hacer el estado parcelario, para que lo tengan en cuenta.
La solicitud del parcelario no se pide unicamente a los efectos del pago de la tasa de justicia, el tema es que cuando pretendas inscribir la DH, Sellos de pcia tiene que visar el testimonio y para eso te requiere si o si el catastro y si el parcelario no esta vigente te va a venir rebotado. Mucho cuidado con eso porque le vas a decir a tu cliente que esta todo ok y llegada esa etapa te vas a encontrar con un nuevo gasto y tiempo de espera.
saludos