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 #1110053  por LUROLET
 
Estimados verifiqué un crédito por honorarios en un concurso preventivo, el juez las declaró verif con privilegio general. Lo cierto es desde que la resolución quedó firme y consentida han pasado casi 4 meses. (Nada hice a la espera de la resolución de otros incidentes en el mismo concurso)
Consultas:
1) En el concurso hubo acuerdo solo para acreedores quirografarios. Debo intimar de pago bajo apercibimiento de peticionar la quiebra?

2) hay algún problema con el tiempo transcurrido desde que quedó firme la resolución.

3) En definitiva como sigo?

4) Las costas del incidente se impusieron a la concursada ¿Cuándo pido la regulación? ¿antes o despues d cobrar lo verificado?
Gracias.
 #1110226  por LUROLET
 
EL ACUERDO SE HIZO SOLO PARA QUIROGRAFARIOS. ESE ACUERDO ES ANTERIOR A LA VERIFICACION DE MÍ CREDITO PRIVILEGIADO Y DE MI CLIENTE (CREDITOS POR DESPID DE MÍ CLIENTE Y MIS HONORARIOS VERIF DENTRO DE LOS 6 MESES DE QUE QUEDÓ FIRME SENTENCIA LABORAL TODO ESTO POSTERIOR A ACUERDO P ACREEDORES QUIROGRAFARIOS NO HUBO NI PROPUESTA DE ACUERDO PARA PRIVILEGIADOS)
PERIODO DE EXCLUSIVIDAD VENCIDISIMO.
¿COMO SIGO? INTIMO DE PAGO BAJO APERCIB DE PETICIONAR QUIEBRA?
¿hay algún problema con el tiempo transcurrido desde que quedó firme la resolución QUE DECLARA VERIF MI CREDITO?
GRACIAS ANDRESXENEIZES!!!
 #1110237  por LUROLET
 
ANDRESXENEIZES QUIERO VER SI TE COMPRENDI.
Repasando. Iniciamos demanda por despido, la demandada se concursa a mitad del proceso, optamos por continuar en el fuero laboral. Una vez firme la sentencia laboral concurrimos a verificar los créditos de mí cliente y los míos por honorarios al concurso (art 56 LCQ)
Todos los créditos son declarados verificados por el juez del concurso.
Frente a esta situación si no entiendo mal:
1) no puedo intimar de pago bajo apercibimiento de ejecución dentro del incidente que declaro verificados los creditos. ¿es así?
2) Según el art 57 de la LCQ puedo optar entre perseguir la ejecución en el fuero laboral o pèticionar la quiebra frente al juez del concurso.
o sea que podría ir nuevamente ante el juez laboral con el incidente e intimar en ese fuero bajo apercibimiento de iniciar la quiebra en caso de incumplimiento. ¿más largo así no? ¿voy directo por el pedido de quiebra? que me sugerís?
3) porque el crédito no es concursal? debí concurrir al mismo y verificar en el concurso.
Te agradezco nuevamente!!!
 #1110302  por LauritaAbogada
 
Hola Luro, el crédito no es concursal porque no hubo propuesta de acuerdo, respecto de la naturaleza del crédito que verificaste.

Hay un fallo de la CSJN, "Ayala c/ Microómibus".

Pedí la quiebra directamente, es más rápido y fácil.

Slds.
 #1110315  por andresxeneizes
 
El pedido de quiebra lo haces ante el juzgado del concurso no tenes q hacer ninguna cautelar ni ninguna diligencia complicada y el concursado no puede caer en quiebra x q no puede volver a convertirlo en concurso, cuando lo notificas queda entre la espada y la pared, x eso es mas practico el pedido de quiebra como te decian antes
 #1119745  por LUROLET
 
POR FIN EN ESTE CASO TENGO APROBADA LA LIQUIDACIÓN POR EL JUEZ CONCURSAL. RECUERDAN VERIFIQUE UNA SENTENCIA LABORAL DENTRO DE LOS 6 MESES EN QUEDÓ FIRME Y EL JUEZ DEL CONCURSO LO DECLARO VERIFICADO. NO HUBO ACUERDO PARA ACREEDORES PRIV SOLO QUIROGRAFARIOS. TENGO QUE PEDIR LA QUIEBRA PARA QUE NOS PAGUEN A MI Y A MÍ CLIENTE. LA PREGUNTA ES.
CUANDO PIDO LA QUIEBRA ¿DEBO PEDIRLA POR LOS CREDITOS PRIVILEGIADOS SOLAMENTE?


PORQUE EL SINDICO LIQUIDÓ: RUBROS CON PRIVILEGIO ESPECIAL Y GENERAL; OTROS QUE POSEEN PRIV GRAL EXCLUSIVAMENTE; Y PARA LOS INTERESES QUE SE DEVENGARON PASADOS LOS 2 AÑOS SIN PRIVILEGIO Y CON CARÁCTER QUIROGRAFARIO?

¿ESTOS QUIROGRAFARIOS NO LOS PIDO EN LA QUIEBRA? ¿TIENEN QUE PAGARMELOS COMO UNO MÁS DE LOS QUIROGRAFARIOS QUE ACORDARON PORQUE SERIAN POSTERIORES AL CONCORDATO?

EN DEFINITIVA ¿LA QUIEBRA LA PIDO SOLO POR LOS CREDITOS PRIVILEGIADOS?

GRACIAS.
 #1119761  por andresxeneizes
 
esta homologado el acuerdo concursal? recien una vez que esta homologado podes pedir la quiebra por los creditos verificados

la quiebra la pedis por los creditos que no sean quirografarios

los creditos post concursales no son ni quirografarios ni privilegiados, son post concursales no entran dentro del acuerdo y por ende por estos tambien puede pedirse la quiebra
 #1119774  por gia234
 
Hola gente,
Pongo mi inquietud aquí, ya que se refiere a verificación de créditos.

Me viene un cliente con un crédito para verificar en una quiebra. Hasta ahí todo bien.

El tema es que, anterior a esto, hubo un juicio penal, por estafa, que no prosperó porque se reconoció un pago parcial de la deuda (5%) y el juez entendió que se trataba de un tema entre particulares.

Ese pago se hizo fuera del período de sospecha, sin embargo no hay comprobante de la fecha en la cual se hizo, no se firmó nada, solo lo que surge del juicio penal.

Mi pregunta es la siguiente: Cuando pido la verificación del crédito tendría que informar en el escrito sobre este pago parcial (se supone que "debería", ya que hubo un juicio penal donde se reconoció y el deudor también me lo podría enrostrar?) o lo dejo pasar para evitar que se metan con la fecha de ese pago aduciendo que puede haber sido realizado en el período de sospecha y me embarren la cancha?

No se si me estoy complicando sin sentido.

Como siempre: Gracias por sus opiniones!
 #1186770  por grillorente
 
Hola, como lo resolviste? tengo verificado un credito laboral por despido....y no se como seguir! gracias