Estimados estoy preparando una demanda de accidente de trabajo basándome en la ley 26.773 y me surgen dos dudas en relación al los Insc 2 y 3 del Art. 17, cuando la ley Art. 17 Inc 2) habla de la competencia del fuero civil, se refiere para los casos donde se persigue la reparación integral basada en el derecho civil o también para los casos en que se va solamente por la ley de riesgo? Habría que plantear inconstitucionalidad en todos los casos o solo en el caso de perseguir la reparación integral?
La misma duda me surge con el Inc 3, del Art. 17 cuando dice: ...no siendo admisible el pacto de cuota litis..., Es decir no se admite el pacto de cuota litis solo en las acciones por la via del derecho civil o en las acciones por accidente de trabajo todas, incluidas las fundadas en la ley de riesgo? en mi caso que voy por la LRT tengo que plantear inconstitucionalidad de este Inc. también?
Desde ya muchas gracias
Saludos
La misma duda me surge con el Inc 3, del Art. 17 cuando dice: ...no siendo admisible el pacto de cuota litis..., Es decir no se admite el pacto de cuota litis solo en las acciones por la via del derecho civil o en las acciones por accidente de trabajo todas, incluidas las fundadas en la ley de riesgo? en mi caso que voy por la LRT tengo que plantear inconstitucionalidad de este Inc. también?
Desde ya muchas gracias
Saludos