Colegas, una consulta por favor. Una demanda por un accidente ocurrido luego de la vigencia de la 26733 donde el cliente no está de acuerdo con lo que se le pagó y además de reclamar la diferencia a partir de hacer nosotros un cálculo diferente, si además y de paso quiero agregar una reparación mas integral (moral, psicológico, etc.) si o si tengo que acatar el Art. 4º e ir al fuero Civil donde creo que la cosa se puede complicar, o se encontró (con algún fallo favorable) alguna manera de seguir en el laboral pidiendo la inconstitucionalidad de ese Art. y algún otro? Gracias al que me pueda ayudar y sacar las dudas.