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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #1110231  por paolaelisabeth
 
ALGUIEN ME PUEDE EXPLICAR COMO APLICAR RIPTE!!!! ES UN ACCIDENTE IN INTINERE DE FECHA 17/10/2014, INCAPACIDAD DEL 15 %, REMUNERACION 5.600.-
POR FAVOR EN FORMA CONCRETA! ALGUN ESPECIALISTA EN EL TEMA!!!! MUCHAS GRACIAS
 #1110239  por dagaboasol
 
Me tienen los huevos al plato eso del RIPTE. :x :roll: En el Foro hay miles de preguntas y sus respuestas diversas. Solo hay que buscarlas y *leo* *leo* *leo* *leo*
*suerte*
 #1110393  por DRA. MACA
 
paolaelisabeth escribió:ALGUIEN ME PUEDE EXPLICAR COMO APLICAR RIPTE!!!! ES UN ACCIDENTE IN INTINERE DE FECHA 17/10/2014, INCAPACIDAD DEL 15 %, REMUNERACION 5.600.-
POR FAVOR EN FORMA CONCRETA! ALGUN ESPECIALISTA EN EL TEMA!!!! MUCHAS GRACIAS
No tenes que calculara nada, cuando tenes la liquidacion final en todos los acápites pertinentes de la demanda escribis mas la actualizacion por indice ripte y listo.
 #1110686  por paolaelisabeth
 
genial se lo dejo al perito contable siempre tengo miedo que digan que no lo calculan por no estar calculado viste como son!!!
 #1110718  por DRA. MACA
 
Nosotros no tenemos que calcular nada, es materia de pericia contable, si se solicita su aplicacion no pueden decir en el juzgado que nosotros debiamos calcularlo.-