Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • NOTIFICACIONES ELECTRONNICAS CABA

  • Temas de interés general relacionados con cuestiones Jurídicas. De lectura libre.
    Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
Temas de interés general relacionados con cuestiones Jurídicas. De lectura libre.
Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
 #1100613  por emilialopezsalas
 
Buenos días, tengo una consulta! El nuevo sistema implementado por la acordada 14/13 de la CSJN, dice que tengo q acompañar las copias del escrito a presentar en un formato digital. Va a parecer muy tonta mi pregunta (que en realidad lo es), pero tengo que acopañar un CD o DVD o tengo que mandarlo a algún mail del juzgado?? disculpen, es que no soy muy aiga de la tecnología!!
 #1101066  por alejandra01
 
me agrego al tema..jaja. Tengo la misma intimación.
Voy primero al colegio me dijeron, habilito el usuario, luego puedo acceder desde la página del PJN y subir las copias?..
no hice nada todavía.
andresxeneizes escribió:tenes que mandarlo en pdf entrando al pjn y a acceso al sistema de gestion judicial con tu cuit y clave
 #1101070  por mcnulty
 
alejandra01 escribió:Voy primero al colegio me dijeron, habilito el usuario, luego puedo acceder desde la página del PJN y subir las copias?..
Exacto , vas a planta baja del CPACF con credencial , DNI y constancia de AFIP a habilitar tu usuario. Después ya podes acceder y operar en el sistema ( te conviene cambiar la contraseña original) . Tu nombre de usuario será tu nro de CUIT .
 #1101238  por alejandra01
 
muchas gracias...
mcnulty escribió:
alejandra01 escribió:Voy primero al colegio me dijeron, habilito el usuario, luego puedo acceder desde la página del PJN y subir las copias?..
Exacto , vas a planta baja del CPACF con credencial , DNI y constancia de AFIP a habilitar tu usuario. Después ya podes acceder y operar en el sistema ( te conviene cambiar la contraseña original) . Tu nombre de usuario será tu nro de CUIT .
 #1106877  por lapilarica
 
Hola colegas, me sumo en esta consulta con una pregunta bastante tonta, pero tengo que subir copia digital de todos los escritos de acá en adelante o de los anteriores también? (recién lo inicio presenté la demanda solamente).}
En qué momento se suben, luego de presentarlos en el juzgado?
Gracias!!!
 #1106915  por andresxeneizes
 
Los de antes no.
Los de ahora hasta septiembre es a criterio del juzgado, en laboral hay algunos q te dicen q si otros q no.
Los de septiembre para adelante hay q subir todos
 #1110706  por DraLila
 
Hola gente. Tengo una duda con este tema que también parecerá tonta pero en el propio juzgado que pregunté no me supieron responder:

Las copias digitales que hay que subir al sistema en pdf, tienen que tener el cargo del juzgado y la firma del letrado y la parte? Es decir hay que escanearlo y subirlo una vez presentado? O se puede convertir el archivo con el que uno trabajó en pdf y listo? Lo mismo que las copias de documental de una demanda, deben ir firmadas como en el expediente o no hace falta?

Gracias!
 #1110806  por andresxeneizes
 
no hace falta ni que vayan con el cargo, es decir del word las pasas a pdf directo
y la documental va sin firmar, al igual que el escrito la subis con tu cuit y eso "reemplaza" a la firma
 #1110825  por VANINAA
 
a ver si entiendo..........1 tengo que mandar las copias de todos los escritos además de presentarlos en el juzgado ?
2. que pasa con los términos? si presento en el juzgado un dia y mando las copias otro dia.
3 que pasa con la firma del cliente?
4 como se pasa a pdf?
5 la demanda , las copias, todo y que pasa si no tengo electricidad o se descompone la escaneadora y estot enferma para que otra persona me lo haga?
6 alguien pensó en la locura que es esto?
7 yo voy a cometer cientos de errores.
8 puedo eximirme alguna vez de mandar por via electrocica justificando en el juzgado?
 #1110866  por lperez
 
Colegas, en la pagína del colegio está la charla que brindaron los de informática del PJN http://www.cpacf.org.ar/noticia.php?id=2903&sec=39
Ahí explica todo. Cómo cargas la documentación, cuándo debes hacerlo y demás. Es medio larga y aburrida, pero te sirve para sacarte todas las dudas. Exítos.
Saludos,
Lucía.-
 #1110881  por VANINAA
 
Todo muy lindo pero hoy en tribunales preguntaba en cada juzgado y no tienen ni idea. Me pregunto, uds. están seguros. Saben la cantidad de nulidades, impugnaciones , etc. por no decir kilombos que van a haber?
Desde que momento uno se notifica. desde que abre la notificación o desde que te la mandan??? bueno, eta simple pregunta hoy no supieron contestármela en ningunos de lo 7 juzgados a los que fui. Esto es un negociado y como siempre nosotros agachando la cabeza.......y eso que somos abogados, la pucha!!!!!! que poco que luchamos por la seguridad jurídica.
 #1110943  por andresxeneizes
 
a ver si entiendo..........1 tengo que mandar las copias de todos los escritos además de presentarlos en el juzgado ?
2. que pasa con los términos? si presento en el juzgado un dia y mando las copias otro dia.
3 que pasa con la firma del cliente?
4 como se pasa a pdf?
5 la demanda , las copias, todo y que pasa si no tengo electricidad o se descompone la escaneadora y estot enferma para que otra persona me lo haga?
6 alguien pensó en la locura que es esto?
7 yo voy a cometer cientos de errores.
8 puedo eximirme alguna vez de mandar por via electrocica justificando en el juzgado?

1) desde septiembre si
2) no recuerdo la acordada, creo que dice que hay que subirlo dentro de las 24 horas de enviado (yo igual ya me acostumbre a que escrito que hay que subir, escrito que lo pongo en una carpeta en el escritorio que se llama "escritos para subir" y la reviso al dia siguiente cuando llego, cuestion de acostumbrarse)
3) la firma del cliente va en el escrito que presentas en el juzgado, en el que subis a internet no va la firma
4) el word si es de 2007 o posterior tiene la funcion para guardar el archivo como pdf, sino pones en google pasar de word a pdf, y te salen programas para pasarlo via internet, ni te tenes que bajar el programa
5) la demanda por ahora no, las documental que pueda escanearse si hay que subirla, la que no se puede reproducir no se sube, como asi ahora no se da traslado, por ejemplo una radiografia
Todos los demas imprevistos se solucionan de la misma manera que con la copia papel
Sino tenes luz para hacer el escrito vas a un locutorio o al colegio a hacerlo, y si estas enfermo tampoco llevas vos el escrito en papel a tribunales, lo hace otro, el mismo que debera subirlo a internet

obviamente que los que vendieron este sistema seguro se llevaron una moneda grande, pero el ahorro de tiempo de no tener que ir a tribunales salvo por cosas puntuales va a ser enorme

ponele que uno tiene el estudio en lavalle 1250, y tiene que ir a procurar a lavalle 1268, bajas del estudio, subis el ascensor de lavalle 10minutos, vas a 1 juzgado del quinto, a otro del cuarto, a otro del tercero y a otro del segundo 10 minutos para que te atiendan en cada uno, mas otros 5 para ver el expte, despues te toca el 52 o 64 del primero o planta baja, media hora clavada para que te atiendan, tenemos cerca de hora y media que te ahorras, ni hablar de no viajar desde mas lejos, eso contra los 2 o 3 minutos que se tarda en subir cada escrito.
obviamente la demanda y contestacion lleva mas tiempo por los escaneos de documental, pero tambien en papel lleva mas tiempo uno tiene que ir a llevarlo a fotocopiar y esperar que le den las fotocopias (otra cosa el ahorro en costo de copias tambien va a ser significativo)
 #1110953  por VANINAA
 
Desde cuando se computan los plazos? desde que me la mandaron o desde que la abri? como saber cuando lo recibió otra persona. Eso etara en el expediente papel????
No creas que es tan fácil si estas enfermo que una tercera persona haga tu trabajo.
 #1110966  por andresxeneizes
 
Se computan desde que lo recibiste, hay que abrir la casilla todos los dias asi como antes habia que ir a preguntarle al portero todos los dias.
En el expte se deja nota cuando te mandan la cedula.
Lo de la tercera persona es igual que ahora, es como si uno no va a su estudio y no le avisan de las cedulas papel, con la diferencia q si uno no va puede controlarlo desde la casa