hola: se que hay que agotar la via administrativa , por ende ir al seclo. lo que no entiendo es: cuando planteo la inconstitucionalidad del art.39 y donde continuo si en laboral o tengo que ir al fuero cicivl con la constancia de fracaso del seclo??? me ayudan . gracias
la inconstitucionalidad formal de una norma, solo podes plantearla en una demanda. en el seclo, es imposible o mejor dicho no tiene sentido, sin perjuicio de que podes mencionarla.
al respecto, para evacuar tus dudas te sugiero leas fallo "aquino", CSJN del 24 de septiembre de 2004.