Hola muchachos, en una sucesión en CABA, el juez otorgó 60 días de plazo para realizar el tracto abreviado de un inmueble. Esto lo proveyó el 03/7. Mi consulta es la siguiente: ¿los días son hábiles o corridos? Porque si son corridos, con la feria en el medio, queda poco tiempo. Según el CPCCN, los plazos se cuentan por días hábiles, pero como a veces hay excepciones, quería asegurarme. Saludos y agradecido de antemano si alguien sabe al respecto.
tito
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