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 #1111212  por empezando
 
hola alguien puede ayudarme por favor, con la reforma del nuevo codigo, debo realizar un convenio extrajudicial por alimentos , tenencia y regimen de visitas, la duda es la siguiente, convenio sobre cuidado,comunicacion y alimentos seria el encabezado o convenio sobre tenencia, regimen de visitas y alimentos ??' por favor, o alguien me envie un modelo de convenio extrajudicial sobre alimentos con el nuevo codigo, gracias !!
 #1111685  por AIA
 
Tengo tu misma inquietud!!!........ alguna opinión?
Yo lo estoy armando al acuerdo adecuando el vocabulario del nuevo CCC. A mi criterio es Acuerdo de Cuidado Personal, Alimentos y Régimen de Visitas. La palabra tenencia quedo excluida en el nuevo CCC.................
Igual esperemos otras opiniones.- *suerte*
 #1111987  por lperez
 
Estimadas, me parece que el Régimen de visitas se llama actualmente "Plan de parentalidad". Tengo entendido que lo que engloba todo sería la Responsabilidad Parental, y esto incluye el cuidado personal, los alimentos y el plan de parentalidad.
Saludos,
Lucía
 #1112370  por BUENOOLGADOMINGA
 
El concepto de tenencia, fue eliminado, lo que deben celebrar es el Plan de Parentalidad. En el se incluyen todos los temas respecto a los hijos menores de ambos, con quien permanecera en forma permanente el menor etc. el juez estara a favor del ejercicio de la responsabilidad parental compartida, es decir que el menor conviva un tiempo con cada progenitor y que cada uno de ellos se obliguen a no privar a los menores de ver a sus abuelos, tios primos y demas familiares, se tiene en cuenta al interes superior del niño, niña o adolescente.

El ejercicio de la Responsabilidad Parental Compartida, equivale a la figura de la tenencia solo que el juez evaluara si uno de los progenitores no es conveniente que el menor conviva con este.

Si los progenitores no se encuentran aptos para el ejercicio de la Responsabilidad parental, el juez podra otorgar a los abuelos.