dranfd escribió:Estimados pregunta puntual, existe algún mecanismo previo a la instancia judicial para los empleados a quienes les rige la ley 10.430 por ser un régimen especial el del empleado público? o es ante el ministerio de Trabajo como en otros despidos?
Saludos y desde ya gracias.
PEl punto es que es una persona que trabaja como enfermera en un hospital público de la Provincia de Bs. As. ha renunciado, pero ha remitido el telegrama con la antelación de 30 días que dice la ley 10.430, la misma trabajó cumpliendo el preaviso y al mes siguiente deja de concurrir. Ahora han pasado tres meses y aún no cobra la liquidación final correspondiente y por otro lado tiene pendiente el mes que trabajó luego de enviar el telegrama pero que por un error administrativo se le da la baja el mismo día que lo envía (cuando en realidad trabajó un mes más).
Si alguno tiene referencia como debo seguir puesto que ya he intimado al hospital (pcia. Bs. As como al Ministerio de Salud), sigo por la vía del Ministerio de Trabajo de la provincia o tienen un mecanismo especial.
Desde ya gracias por la ayuda.