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  • Duda formulario dec. 137/2005

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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #1113062  por gda83
 
Hola, quisiera ver si alguno me puede ayudar con una duda sobre una jubilación docente que quise evacuar con otros colegas y cada uno me dice una cosa distinta.

Les comento como es el caso: Mi clienta es docente, trabajó 24 años aportando a Anses (todos como docente) y los últimos 15 años en colegios privados y estatales aportando a IPS, los años de Anses ya los tengo reconocidos y por los años de IPS le hice un cierre condicionado de cómputos y tramite el Reconocimiento, el cual retiré de IPS esta semana, ahora debo ingresar el tramite en Anses y es ahí de donde surgen mis dudas de como debo realizarlo, ya que es la primera vez que hago una jubilación docente en dicha caja (siempre hice jubilaciones docentes ante IPS).

Tengo entendido que debería presentar la solicitud de beneficio, el reconocimiento de IPS y el formulario del dec. 137/2005, sobre este ultimo tengo varias dudas:

1) Lo tengo que presentar cuando inicio la jubilación? un colega me dijo que no porque ya tengo en el reco de IPS los sueldos al cese, que debo presentarlo una vez jubilada la docente para que le equiparen el sueldo a los docentes en actividad.
2) En la pagina de Anses encontré dos formularios del dec. 137/2005, uno que dice "Solicitud Suplemento Especial Docentes - Decreto Nº 137/2005" y otro que dice "Ampliación de la Certificación de Servicios y Remuneraciones Decreto N º 137/2005 - Docentes", cual es el que debo presentar?
3) El formulario quien debe extenderlo? los colegios o la Dirección general de escuelas?
4) Como se llena? Hay que hacer uno por colegio?
5) Tengo que hacerlo por todos los servicios docentes o solo por los servicios que tenia a la fecha del cierre de condicionado de cómputos?

Gracias.
 #1113072  por periquita
 
Cuántas pregunta para un formulario.....

Como decimos varias veces en el foro, traten de poner primero el buscador. Se ha escrito mucho sobre este decreto y sus dos formularios.

Te aclaro que en la actualidad muchas UDAI liquidan con el monto de lo que está cobrando en la actualidad, es decir al cese definitivo y en ese caso no hay que hacer una nueva presentación pidiendo el ajuste.

Si liquidan al cierre condicionado si tendrás que llevar el Decreto.
Paso a responder:
1. De ser necesario una vez jubilada.
2. El vertical "Solicitud...."
3. El Colegio si es privado, D.G.C.yE. si es público.
4. Se llena como todo formulario completando lo que se pide. Uno por cada empleador.
5. Sólo por los que tenía al C.C.C.
Saludos
 #1113199  por gda83
 
Periquita, muchas gracias por responder, la verdad que si, eran muchas dudas sobre un formulario, se me fueron generando por los comentarios que me hicieron colegas y cosas que leí en posteos en este y en otros foros.

Te hago una ultima consulta, ya que por lo que entiendo de tu respuesta al inicio del expediente no me deberían pedir ningún formulario del dec. 137/05, el formulario que es apaisado "Ampliación de la certificación ..." cuando se utiliza?.

Gracias y saludos.