Hola! Con respecto a los bienes inmuebles, la regulacion de honorarios se fija en base a la valuacion fiscal de los inmuebles, mas un 10% que siempre debes agregar porque es lo que se supone que hay por los bienes muebles que se encuentran en esos inmuebles; esa valuacion se puede ver en una factura de rentas o bien si los mandas a hacer la cedula catastral que debe confeccionar un agrimensor, ésta te dara dicha valuacion actualizada. Pero vos decis que solo quieren llegar hasta la declaratoria, osea que por ahora no quieren inscribir; en ese caso podes pedir regulacion por haber cumplido con las dos primeras etapas, pero`´esta solo sera provisoria y obviamente sera mucho mas inferior a la definitiva. Con respecto a los muebles registrables, si es un automovil, podes ver la tasacion actual en los clasificados. En resumen pòr una sucesion terminada en pcia de bs as te regulan entre el 8 y el 16% del acervo hereditario...Suerte!