Debo iniciar una causa de DyP por accidente de transito y tengo dudas con la aplicación de artículos del nuevo código. Por ejemplo, seguimos poniendo la misma jurisprudencia del 1113? Espero cualquier opinión. Gracias.-
Estoy en la misma..... Tengo los mismos interrogantes que vos... Espero alguien eche un poco de luz sobre la cuestion.
Gracias!
