Hola colegas, en juicio de interdicto de recobrar se ordena pericia oficial para determinar lìmites catastrales. El perito ya presentò el dictamen. Ahora el juez ordena traslado por cinco días a las partes, pero la demandado està declarado rebelde (firme y notificado). Debo igualmente librar cèdula al rebelde? no verdad? ya tengo sentencia a favor de mi cliente (firme y notificada).
Solo que cuando pedí se ordene librar oficio de lanzamiento, el juez ordenó designar perito agrimensor para asegurar los lìmites del inmueble, porque se va a alambrar el predio.
Libro cèdula al rebelde? entiendo que no!!
Como siempre, gracias!!
St
Solo que cuando pedí se ordene librar oficio de lanzamiento, el juez ordenó designar perito agrimensor para asegurar los lìmites del inmueble, porque se va a alambrar el predio.
Libro cèdula al rebelde? entiendo que no!!
Como siempre, gracias!!
St
