Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • Nueva moratoria con aportes ips

  • Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #1114019  por bhacros
 
Les consulto... Una mujer de 62 años, sin aportes en Anses, pero con unos pocos aportes en IPS, podrá acojerse a la moratoria de anses actual si presenta un reco de ips, o le objetaran que por tener solo de aportes de ips le corresponde esa caja y no puede jubilarse por anses...
Otro tema, es que si eventualmente consideran que el anses le otorga igual el beneficio, podría presentar el cese de provincia cuando el beneficio le sale acordado...
 #1114033  por MARIO1943
 
bhacros escribió:Les consulto... Una mujer de 62 años, sin aportes en Anses, pero con unos pocos aportes en IPS, podrá acojerse a la moratoria de anses actual si presenta un reco de ips, o le objetaran que por tener solo de aportes de ips le corresponde esa caja y no puede jubilarse por anses...
Otro tema, es que si eventualmente consideran que el anses le otorga igual el beneficio, podría presentar el cese de provincia cuando el beneficio le sale acordado...
AL HACER LA MORATORIA POR LA LEY 26970 LA CAJA OTORGANTE VA SER ANSES Y SE JUBILA CON EL RECO DE IPS, COMPUTANDO LA DIFERENCIA PARA LLEGAR A LOS 30 ANOS MENOS EL EXCESO D E EDAD POR MORATORIA LEY 26970
 #1114040  por bhacros
 
Gracias Mario... Consideras que podre iniciar sin darle el cese en el ips, que le salga acordada y entonces si darle el cese? Igual voy a ir a Anses con estas dudas, pero a veces consulto antes para ir teniendo un panorama mas amplio... Saludos
 #1114093  por liliana1
 
Hola Mario, buenas noches, respecto a este tema surge una duda, si bien la caja otorgante es la que mayor cantidad de años de aportes tiene ya sea Anses o IPS, que pása si tiene 30 años en anses y 35 años aportados en IPS, aportados al mismo tiempo, le corresponde las dos jubilaciones?? es muy confuso el tema, por el tema de la reciprocidad entre ambas cajas, por lo menos en varios cursos que participe no queda muy claro. Desde ya muchas gracias.-
 #1114252  por bhacros
 
Ya averigue...si eventualmente consideran que el anses le otorga igual el beneficio, podría presentar el cese de provincia cuando el beneficio le sale acordado... La respuesta es... SI... saludos a todos...
 #1114367  por liliana1
 
Hola Mario, yo también dije lo mismo pero una colega nuestra se jubilo en Anses, tiene muchos aportes en provincia, averiguó en la caja de hecho paga 16.000 pesos por años, y le dijeron que cuando reuna los requisitos de los 35 años podrá hacer la jubi en pcia y tener las dos.-
 #1114380  por periquita
 
liliana1 escribió:Hola Mario, yo también dije lo mismo pero una colega nuestra se jubilo en Anses, tiene muchos aportes en provincia, averiguó en la caja de hecho paga 16.000 pesos por años, y le dijeron que cuando reuna los requisitos de los 35 años podrá hacer la jubi en pcia y tener las dos.-
Averiguá bien, esto no debe ser el IPS sino una Caja de Profesionales de la Prov. de Buenos Aires, que funciona distinto y sí puede tener dos jubilaciones.
Si es del IPS NO PUEDE TENER OTRA JUBILACION ADEMÁS DE LA DE ANSES.
Saludos
 #1114393  por MATANGA19
 
Entre IPS y ANSES, la que corresponde es la caja en donde estan la mayoria de los aportes. Tal como dice Periquita, seguramente debe ser otra caja.
 #1114424  por bhacros
 
En mi mensaje cuando dije que SÍ se podía, era tramitar la jubilación en Anses mientras el solicitante trabaja y aporta en provincia de buenos aires... y dar el cese de provincia, al momento de que el beneficio le sale acordado en Anses... Saludos... Igualmente tengo entendido que no se puede tener jubilacion de Anses y de Ips... o es una o la otra.