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  • PLAZO INTIMACION LABORAL (57 LCT Y 11 L.24013)

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #1114415  por ezequielrud
 
ESTIMADOS:

un cliente, intimo al empleador por 2 dias a que regularize su situacion laboral, dado que estaba trabajando en negro.
si bien intime por el art 57. de la LCT que fija plazo de 2 dias, cierto es que el art. 11 de la ley 24.013, establece un plazo de 30 días para que el empleador regularize su situacion.

El caso es que el empleador, pasado el plazo de 2 dias (57 LCT) pero antes de vencer dicho plazo de 30 dias (24.013), nego todo y cada uno de los hechos.

la pregunta es. ¿es necesario esperar a que venza el plazo de 30 días de la 24013? o dado que nego los hechos,¿dicho plazo tiene razon de ser,dado que manifesto su negativa, habilitando la procecuion de la causa?

Cual de los plazos se toma

agradezco su tiempo
 #1114518  por ezequielrud
 
El tema es que es un cliente que ya tuvo su abogado anteriormente, vino con la intensión de reclamar trabajo en negro. Anteriormente el colega intimo por telegrama,pero por 2 dias y no por los 30 que establece el art 11 L 24013, no obstante, negaron los hechos en la Carta Doc que envio su empleador de respuesta.

Que pasa al haber omitido el art 30 LCT, en que puede afectar