Buenos dias a todos. Se me ha planteado una duda con respecto a un juicio que tengo en CABA.
El actor sufrio un accidente in itinere en el año 2012, fue operado por la ART y estuvo de baja laboral un año y medio. No hubo por parte de la ART notificaciòn del rechazo del siniestro.
Entablo demanda, la requerida contesta reconociendo que brindo prestaciones y opero al actor pero despues en las negativas generales desconoce todo.
Se abre a prueba el expediente y el perito medico determina la incapapcidad, se extrae el IBM por secretaria y como en la audiencia del ARt. 80 no hubo ofrecimiento se pasan los autos para alegar
Aqui es donde viene la duda: para mi esta todo OK; pero pregunto: es necesario que pida prueba pericial contable para que de los libros y registros de la requerida surga la existencia del siniestro?????
Yo entiendo que no, que mas de un año y medio brindando prestaciones medicas sin rechazar el siniestro alcanza y sobra
Me gustaria escuchar sus opiniones
Saludos y buen domingo
El actor sufrio un accidente in itinere en el año 2012, fue operado por la ART y estuvo de baja laboral un año y medio. No hubo por parte de la ART notificaciòn del rechazo del siniestro.
Entablo demanda, la requerida contesta reconociendo que brindo prestaciones y opero al actor pero despues en las negativas generales desconoce todo.
Se abre a prueba el expediente y el perito medico determina la incapapcidad, se extrae el IBM por secretaria y como en la audiencia del ARt. 80 no hubo ofrecimiento se pasan los autos para alegar
Aqui es donde viene la duda: para mi esta todo OK; pero pregunto: es necesario que pida prueba pericial contable para que de los libros y registros de la requerida surga la existencia del siniestro?????
Yo entiendo que no, que mas de un año y medio brindando prestaciones medicas sin rechazar el siniestro alcanza y sobra
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