Colegas. Les hago una consulta para conocer sus opiniones a ver si estoy encaminado con lo que voy a contestar.
Tengo que contestar un traslado de contestación de demanda laboral
La situación es la siguiente.
Relación laboral en negro por más de dos años. Mando Telegrama ley 24013 al que contestan que la relación laboral esta en periodo a prueba.
Mandamos nuevo telegrama considerando despedido a mi cliente.
Presentamos demanda por despido indirecto.
(esto es muy resumidamente lo que paso)
Cuando contestan demanda presentan un alta temprana, que es de unos días antes de que haya enviado del primer telegrama.
Por ello dicen que la relación siempre estuvo en blanco, y que no debe hablarse de despido, sino de renuncia.
Pienso contestarles que igualmente se configura la injuria y fraude laboral al no consignar la verdadera fecha de ingreso, aunque igual desconozco el alta temprana y la documental aportada.
Por otro lado, y subsidiariamente pienso decir que si se comprueba que el alta temprana es verdadera, debe responder por las multas del art. 9 de la ley 24013, si VS determina que no son aplicables la del art 8.
Piensan que voy bien con esto?. alguien tiene algo que podria agregar?
Desde ya gracias
Tengo que contestar un traslado de contestación de demanda laboral
La situación es la siguiente.
Relación laboral en negro por más de dos años. Mando Telegrama ley 24013 al que contestan que la relación laboral esta en periodo a prueba.
Mandamos nuevo telegrama considerando despedido a mi cliente.
Presentamos demanda por despido indirecto.
(esto es muy resumidamente lo que paso)
Cuando contestan demanda presentan un alta temprana, que es de unos días antes de que haya enviado del primer telegrama.
Por ello dicen que la relación siempre estuvo en blanco, y que no debe hablarse de despido, sino de renuncia.
Pienso contestarles que igualmente se configura la injuria y fraude laboral al no consignar la verdadera fecha de ingreso, aunque igual desconozco el alta temprana y la documental aportada.
Por otro lado, y subsidiariamente pienso decir que si se comprueba que el alta temprana es verdadera, debe responder por las multas del art. 9 de la ley 24013, si VS determina que no son aplicables la del art 8.
Piensan que voy bien con esto?. alguien tiene algo que podria agregar?
Desde ya gracias