Estimados: Soy abogado en una sucesión en la que comencé a actuar posterior a la declaratoria. La abogada que actuó anteriormente apeló los honorarios por BAJOS y ya presentó los agravios. La cuestión es que el acervo es bastante elevado y ya con la regulación en los minimos de ley es bastante para todos los letrados.
¿Incurro en una falta de ética profesional si respondo al fundamento de la apelación en que se ataca la regulación por bajos? La realidad es que mi cliente lo único que tiene es ese bien, que por más que sea alto solo le corresponde la mitad por cuestiones que serían muy extensas de contar.
Si alguno considera que está bien que responda a los fundamentos de la otra letrada, bienvenido será si saben de algún fallo o argumento sólido que respalde mi posición.
Muchas gracias!
¿Incurro en una falta de ética profesional si respondo al fundamento de la apelación en que se ataca la regulación por bajos? La realidad es que mi cliente lo único que tiene es ese bien, que por más que sea alto solo le corresponde la mitad por cuestiones que serían muy extensas de contar.
Si alguno considera que está bien que responda a los fundamentos de la otra letrada, bienvenido será si saben de algún fallo o argumento sólido que respalde mi posición.
Muchas gracias!