COLEGAS: Circular 5306 (18/1/08) Ley Impositiva para el año 2008 - LEY 13787
Se sanciono la Ley Impositiva que establece en el Cáp. 4to Impuesto a los Sellos y en el siguiente las Tasas de Servicios Administrativos y Judiciales. Sin perjuicio de consultar el texto de la Ley 13787 cabe destacar que se ha modificado el impuesto a los sellos de las locaciones o sublocaciones de inmuebles destinados a vivienda única familiar y ocupación permanente ya que en el caso que de su valuación fiscal no supere los $ 60.000 esta exenta del pago y los que superen “siempre con el mismo destino” abonan 5 por mil.
Los restantes contratos de locaciones y sublocaciones se mantienen en el 10 por mil.
SALUDOS A TODOS
Se sanciono la Ley Impositiva que establece en el Cáp. 4to Impuesto a los Sellos y en el siguiente las Tasas de Servicios Administrativos y Judiciales. Sin perjuicio de consultar el texto de la Ley 13787 cabe destacar que se ha modificado el impuesto a los sellos de las locaciones o sublocaciones de inmuebles destinados a vivienda única familiar y ocupación permanente ya que en el caso que de su valuación fiscal no supere los $ 60.000 esta exenta del pago y los que superen “siempre con el mismo destino” abonan 5 por mil.
Los restantes contratos de locaciones y sublocaciones se mantienen en el 10 por mil.
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