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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #1115878  por primuspilus
 
Mi pregunta es sencilla, pero necesaria para enderezar el inicio de una demanda ...
El tema es el siguiente : una señora trabajaba de niñera de lunes a viernes unas 5hs diarias aproximadamente y 8hs los sábados; trabajo por un periodo de casi un año, y renuncio por cuestiones que no quería seguir aguantando. Envió un telegrama solicitando se le abone las diferencias del mes, vacaciones, etc. paso una semana y nadie le contesto, ella trabajaba en negro.
pasado 10 días por intermedio de un colega le envía un carta documento considerando un despido su culpa por la falta de pago, y reclamando las multas 232, 233, 245 LCT y art.1 y 2 ley 25.323, mas 8 y 15 ley 24.013, etc. Ahora bien, por ser niñera y estar bajo el régimen de la nueva ley 26844 trabajadores de casas particulares, tiene igual efecto la carta documento enviada mencionando los arts. de la LCT ???
En juicio puede el juez indicar que no se tenga en cuenta por no corresponder la norma ???
Desde ya muchas gracias....saludos
 #1115882  por adessoma
 
Y claro. Al régimen del personal de casas particulares tampoco le son aplicables las leyes 24013 ni 25323, y de haberlo sido, omitiste el telegrama a la AFIP.
Saludos.
 #1116035  por primuspilus
 
El telegrama a la Afip fu e enviado.....el tema es la ley aplicable y si verdaderamente la lesgilacion esta a favor del trabajador porque no aplicar la 24013 ....
 #1116036  por adessoma
 
Porque lo excluye expresamente la ley
 #1116040  por Martincho7
 
Pata tu tranquilidad no va a haber problemas porque en el intercambio hayan invocado la LCT porque la 26488 es bastante análoga (Art 48 y 50). Si queres ademas insistir en tu reclamo adicional de 24013 tenes que pedir la inconstitucionalidad de su exclusión pero en la practica en el Tribunal Domestico no te lo van a considerar. Saludos, Martincho
 #1116043  por primuspilus
 
Muchas gracias Martincho...estaba creído que la ley mas favorable al trabajador era la que se aplicaba....y por lo que me decís ahora se pone en duda.....y no entiendo porque hacen tanta diferencia por el trabajo domestico que lo excluyen de las bondades de la LCT....un colega me decía que estaba mal aplicado los reclamos por la LCT cuando hay una ley especial para las empleadas domesticas..yo sostenía que la 26844 es muy acotada con respecto a la LCT para los empleados domesticos.
Y de ahí surgió la duda si en los intercambios telegráficos que ley mencionar ...