Un saludo para todos. Les consulto lo siguiente:- Se trata de la sucesión de un hombre yo me presente por una hija y la misma fue declarada heredera junto a su madre. El acervo son una casa y dos terrenos. La madre de muy mala relación con su hija (mi clienta), recibió de sus otros hijos la cesión total de derechos hereditarios que les pudiere corresponder de su padre. En su oportunidad la madre le ofreció a mi clienta los dos terrenos y ella se quedaba con la casa, luego cambio de parecer. Entonces hoy se está en instancia de mandar a inscribir el acervo a nombre de las dos en su proporciones. La pregunta es la siguiente: a) Ante la avanzada edad de la madre el día que la misma falte como quedaría la titularidad del acervo (la casa y los dos terrenos) pueden venir los hijos (cedentes) a hacer valer sus derechos en la sucesión de su madre sobre bienes que los mismos le cedieron oportunamente?. Entiendo tendrían derechos sobre el 50% que la madre tenía como dueña (ganancial) de la casa y los terrenos, sobre el otro 50% cedido no? Es Así?. Consulto esto por lo siguiente: Mi clienta no puede disponer de la casa (vive su madre) ni los terrenos (quedan en a más de 300 km de su residencia) y si gasto en la sucesión querría saber para que le serviría. Como ven la partición del acervo? Saludos