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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #1116637  por alcirana
 
Tengo una duda y mientras dure el conflicto en Anses no voy a poder resolverlo. A ver si me guían:
Una señora cumple los 60 mañana 1/10. Tiene iniciada una Pensión Directa de la cual no sabemos qué importe resultará el haber, es probable que supere el mínimo. Ante esta incógnita me surge la duda de cómo proceder: Suspendo la tramitación de la Pensión y la jubilo para luego pensionarla y no perder así el derecho a tener los dos beneficios o me arriesgo a esperar a saber el importe del haber pensionatorio ya que si no supera el mínimo podrá jubilarse sin ningún inconveniente...se entendió?
Ustedes qué harían! *cafe*
 #1116666  por hugo2
 
alcirana escribió:Tengo una duda y mientras dure el conflicto en Anses no voy a poder resolverlo. A ver si me guían:
Una señora cumple los 60 mañana 1/10. Tiene iniciada una Pensión Directa de la cual no sabemos qué importe resultará el haber, es probable que supere el mínimo. Ante esta incógnita me surge la duda de cómo proceder: Suspendo la tramitación de la Pensión y la jubilo para luego pensionarla y no perder así el derecho a tener los dos beneficios o me arriesgo a esperar a saber el importe del haber pensionatorio ya que si no supera el mínimo podrá jubilarse sin ningún inconveniente...se entendió?
Ustedes qué harían! *cafe*
Que vas a suspender no decis que ya tenes iniciada la pension ?????????
 #1116885  por alcirana
 
Ok! el tema es que yo no la inicié y creí que podía interrumpirse el trámite de la pensión, pedir la jubilación y luego retomar aquel trámite. Me temo que no será posible...va a tener que pensionarse, como el haber supera el mínimo no tendrá derecho a la jubilación por la nueva ley, deberá hacer aportes y jubilarse cuando cumpla los requisitos en un futuro.
 #1116911  por DiegoChaco
 
Tirate un lance, yo que vos me la juego y le presento urgente el tram jubilat x morat nueva, que normalmente se resuelven rápido. A lo mejor te sale acordada antes q la pens x viudez, y con suerte le otorgan ambos beneficios.
Sds
 #1116994  por alcirana
 
Yo iba al fondo de la cuestión, ya que la señora tiene derecho a tener ambos beneficios por tener la edad jubilatoria y por ser viuda de una persona en actividad al momento de fallecer.
En tal caso citaría la causa Seta, María Aurora c/ Anses s/ Amparo del Juzgado Federal N° 1 de San Nicolás que estableció el derecho a hacer uso de la moratoria previsional dispuesta por la ley 26.970, al declarar la inconstitucionalidad de su art. 3, a aquellas personas que perciben una prestación previsional que supere el haber mínimo.
No se qué opinan... *cafe*