Buenas tardes.
Estuve buscando en el foro y no termino de encontrar la respuesta justa.
En mi caso, la consulta es la siguiente: Un cliente me consulta por un Contrato de Transporte que firmó en el 2007 (vigente a hoy todvía), donde se compromete a distribuir productos lácteos de una empresa multinacional. Hasta ahora, todo bien, pero ya le empezaron a retacear viajes y teme que en cualquier momento le rescindan "el contrato". Ese contrato estipula que el transporte lo es a los lugares que la empresa indica en los tiempos y formas que ésta indica. En la realidad, mi cliente pone el vehículo y cumple con todas las directivas que la empresa le indica, sin tener poder de decisión (salvo no realizar el viaje, cosa que nunca sucedió). Los repartos no los hacía todos los días, pero la facturación que tiene desde 2007 es, correlativamente, a esta empresa, con importes parecidos.
En este caso, siendo que esta empresa es su único cliente (el mio empezó como monotributista pero, por facturación, pasó a IVA Resp. Inscripto), que repartía los días, las cosas y a los lugares que la empresa indicaba, en los recorridos indicados por la empresa (no tenía clientes propios ni los consiguió), entiendo que se configura una relación laboral encubierta, que da pie a reclamar por la LCT.
Es así, o estoy muy equivocado?
Desde ya agradezco a cualquiera que pueda aclararme la duda.
Desde ya muchas gracias,
hakki
Estuve buscando en el foro y no termino de encontrar la respuesta justa.
En mi caso, la consulta es la siguiente: Un cliente me consulta por un Contrato de Transporte que firmó en el 2007 (vigente a hoy todvía), donde se compromete a distribuir productos lácteos de una empresa multinacional. Hasta ahora, todo bien, pero ya le empezaron a retacear viajes y teme que en cualquier momento le rescindan "el contrato". Ese contrato estipula que el transporte lo es a los lugares que la empresa indica en los tiempos y formas que ésta indica. En la realidad, mi cliente pone el vehículo y cumple con todas las directivas que la empresa le indica, sin tener poder de decisión (salvo no realizar el viaje, cosa que nunca sucedió). Los repartos no los hacía todos los días, pero la facturación que tiene desde 2007 es, correlativamente, a esta empresa, con importes parecidos.
En este caso, siendo que esta empresa es su único cliente (el mio empezó como monotributista pero, por facturación, pasó a IVA Resp. Inscripto), que repartía los días, las cosas y a los lugares que la empresa indicaba, en los recorridos indicados por la empresa (no tenía clientes propios ni los consiguió), entiendo que se configura una relación laboral encubierta, que da pie a reclamar por la LCT.
Es así, o estoy muy equivocado?
Desde ya agradezco a cualquiera que pueda aclararme la duda.
Desde ya muchas gracias,
hakki