Hola foro necesito ayuda con un tema laboral . Se me presenta un cliente con una enfermedad profesional cuyo cuadro es : trastornos en miembro superior izquierdo e imposibilidad de realizar movimientos repetitivos . En el proceso de re calificación laboral la empresa dice que no posee puesto y lo despide, le quiere pagar por el art 212 la mitad de la indemnización.Con respecto al despido creo que lo enfoque bien, la empresa le ofrece abonarle ahora la mitad pero le dije que acepte firmando en disconformidad y ya se le intimo a que el despido es arbitrario y discriminatorio y que abone por el art 245 bajo apercibimiento del incremento del 50 % y acciones por daño moral. Por otro lado la ART le ofrece capacitación o herramientas. Aquí estoy desorientado, por un lado el sr no acepto la capacitación, mi idea es entonces que solicite herramientas ─ con la mujer se le ocurrió fabricar ropa─ y con respecto a la ART entiendo que debería recurrir a la comisión medica y e iniciar proceso de divergencia para solicitar que la ART se expida sobre el grado de discapacidad ya que paso desde el incidente incapacitante un año, de esta forma tendría que seguir pagando la ART su sueldo. Agradecería alguna idea
Luis17 escribió:En el proceso de re calificación laboral la empresa dice que no posee puesto y lo despide, le quiere pagar por el art 212 la mitad de la indemnización.Con el empleador vas bien, es a carga de éste demostrar la carencia de puestos de trabajo, y es más, la imposibilidad de poder crear un nuevo puesto de trabajo acorde a las nuevas capacidades del empleado.
Con respecto a la ART, si ya existió por parte de ésta ALTA CON RECALIFICACION, ya no se encuentra en período de ILT, por lo que ya no tiene obligación de pagar el sueldo.
Yo no iría a la comisión médica si son enfermedades profesionales, mandalo con médico legista, que le haga certificado médico, denunciale a la ART la incapacidad que le diagnostique tu médico y cuando ratifiquen el alta juicio.
Saludos!