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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #1118063  por Javnic
 
Colegas. Me vino a ver una señora que inicio un reajuste y ya tiene sentencia. de hecho le estan pagando la diferencia y le pagaron el retroactivo.
Pero la diferencia en el haber que percibía antes del juicio, con el que percibe despues es de $400. Quiere saber si puede iniciar nuevo juicio.
Hay alguna forma de hacerlo?.
En realidad quisiera saber como encararlo para saber si lo que hizo el abogado que llevó a cabo el juicio está bien o si hay algo para reclamar. De donde puedo conseguir esa información?.
Gracias
 #1118071  por lucky
 
Un juicio nuevo en el caso que planteás (supongo que es una sentencia de los últimos años) es inviable porque hay cosa juzgada. Lo aconsejable sería encargar un cálculo en base a los parámetros de la sentencia, y ver si hay o no hay diferencia con lo que liquidó Anses. De paso puede pedir que ANSES le entregue la liquidación.
Si eventualmente hubiera una diferencia, ahí podrías presentarte en el mismo juicio con la liquidación e iniciar una ejecución por la diferencia que te dio.

En materia previsional los únicos casos en que se han permitido nuevos juicios de reajustes son los que aplicaron "Chocobar" en su momento. Como el reajuste en esos supuestos era hasta 1995, se podía reclamar el reajuste por movilidad por los años posteriores.
 #1118139  por Javnic
 
Gracias por tu respuesta lucky. O sea que esta persona perdió por más que en la demanda iniciada anteriormente haya cometido un error el abogado que le hizo el juicio en los índices elegidos para el reajuste o en los parámetros del mismo.
Voy a ver si hay un error en la liquidación.
Nuevamente Gracias por la respuesta
 #1118142  por lucky
 
No creo que haya sido error del abogado. Generalmente todos piden (siempre teniendo en cuenta la fecha de jubilación y el régimen legal aplicable), la aplicación de los índices que ya se sabe va a aplicar el Juez y eso se traduce en la sentencia. Probablemente no hayan hecho antes del juicio un cálculo para saber cuál era realmente la diferencia en el haber de alta y su posterior movilidad (no siempre la diferencia es sustancial, incluso a veces no da diferncias).
De todos modos en este caso no queda otra que cotejar la liquidación de Anses con otra que encargues con tu cliente.
 #1118472  por markello
 
En estos casos donde las resoluciones son recientes, entendemos que este caso trata una sentencia reciente, hay que leer el decisorio tanto de primera como de segunda instancia. Ver si ordenaron ajustar PBU (generalmente los programas informáticos reajustan PBU cuando la justicia NO lo ordena). Hay que tomar debida nota de la sentencia y cada punto otorgado y adecuarlo al caso.

Por otro lado puede suceder que el anses haya liquidado menos de lo que corresponde y entender el letrado que la patrocino que la diferencia no era importante para iniciar una ejecución de sentencia o no saber o querer hacerla.

En principio leamos la sentencia de primera y segunda instancia si existiere y adecuar el calculo específicamente a lo resuelto (no sirve el sistema general). Si hay diferencia puede iniciarse la ejecución de sentencia y no olvidar que las costas son a la vencida.

En el supuesto de sentencias de fallos de la década del 90 puede pedirse la diferencia por Badaro.

Saludos