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  • Nulidad por procedimiento

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 #1118835  por ferrito
 
Mi consulta es referida a que a una clienta le ha llegado una cédula de notificación de una causa contra ella conteniendo una prueba documental. El problema es que el expediente ya tiene 190 fojas y nunca ha sido notificada de la demanda, de la cual nunca se le dio traslado siendo esta notificacion de una documental lo único que le ha llegado de dicha causa.
Por lo tanto mi pregunta va a si se puede pedir la nulidad de la causa por un error de procedimiento. La causa está radicada en mar del Plata.
Gracias
 #1118867  por abogado_1987
 
ferrito escribió:Mi consulta es referida a que a una clienta le ha llegado una cédula de notificación de una causa contra ella conteniendo una prueba documental. El problema es que el expediente ya tiene 190 fojas y nunca ha sido notificada de la demanda, de la cual nunca se le dio traslado siendo esta notificacion de una documental lo único que le ha llegado de dicha causa.
Por lo tanto mi pregunta va a si se puede pedir la nulidad de la causa por un error de procedimiento. La causa está radicada en mar del Plata.
Gracias
como pauta > ARTÍCULO 338°: Demandado domiciliado o residente en la jurisdicción del juzgado. La citación se hará por medio de cédula que se entregará al demandado en su domicilio real, si aquél fuere habido, juntamente con las copias a que se refiere el artículo 120°.
Si no se le encontrare, se le dejará aviso para que espere al día siguiente y si tampoco entonces se le hallare, se procederá según se prescribe en el artículo 141°.
Si el domicilio asignado al demandado por el actor fuere falso, probado el hecho, se anulará todo lo actuado a costa del demandante.
http://www.gob.gba.gov.ar/legislacion/l ... -7425.html
 #1118870  por ferrito
 
En este caso el domicilio está bien, solo que no se notificó la demanda pero si una prueba agregada con posterioridad. O sea está incompleta la documentación acompañada ya que no surgen de la misma los hechos que se imputan ni cual es la pretensión de la cual deberia defenderme y contestar, por lo tanto se estaría violando mi derecho a la defensa