Hola a todos, necesitaría ayuda para tratar de enfocar un caso de la mejor forma, les cuento cual es el contexto.
Una mujer mayor internada en un asilo de ancianos, tiene dos hijas, una de ellas cobra la jubilación y el marido de la otra se hizo cargo de cobrar los alquileres de distintas propiedades, pero la parte que queda luego de cubrir esos gastos, no es repartida proporcionalmente entre las hijas ni es resguardada/ahorrada para la mujer mayor, sino que quien administra esos bienes se queda con el dinero como si nada hubiera sucedido.
Entiendo que lo correcto seria tramitar una curatela para resguardar los bienes y los frutos de los mismos. Las cuestiones aqui son dos, una es que quien iniciaria la curatela es solo una de las hijas ya que es la que ve un perjuicio en la administracion de los bienes por su cuñado. ¿Es posible que la curatela la tramite solo una de las hijas? y por otro lado me gustaria saber si ven otra posibilidad que no sea tramitar una curatela.
Gracias
Una mujer mayor internada en un asilo de ancianos, tiene dos hijas, una de ellas cobra la jubilación y el marido de la otra se hizo cargo de cobrar los alquileres de distintas propiedades, pero la parte que queda luego de cubrir esos gastos, no es repartida proporcionalmente entre las hijas ni es resguardada/ahorrada para la mujer mayor, sino que quien administra esos bienes se queda con el dinero como si nada hubiera sucedido.
Entiendo que lo correcto seria tramitar una curatela para resguardar los bienes y los frutos de los mismos. Las cuestiones aqui son dos, una es que quien iniciaria la curatela es solo una de las hijas ya que es la que ve un perjuicio en la administracion de los bienes por su cuñado. ¿Es posible que la curatela la tramite solo una de las hijas? y por otro lado me gustaria saber si ven otra posibilidad que no sea tramitar una curatela.
Gracias