hola. Tengo una duda: si tengo una demanda que inicié por accidente de trásito para evitar la prescripción de la acción. La mediación se cerró sin acuerdo el 8/4/15, mientras tanto la demanda en el juzgado está reservada. Mi duda es si la instancia puede caducar estando la demanda reservada. Yo entiendo que los plazos están suspendidos hasta que yo presente el acta de cierre. Alguien me puede ayudar con esta duda?
entiendo que > Art. 310. - Se producirá la caducidad de instancia cuando no se instare su curso dentro de los siguientes plazos:
...
La instancia se abre con la promoción de la demanda aunque no hubiere sido notificada la resolución que dispone su traslado y termina con el dictado de la sentencia.
(Artículo sustituido por art. 2° de la Ley N° 25.488 B.O. 22/11/2001)
http://infoleg.mecon.gov.ar/infolegInte ... texact.htm

