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  • URG!! Primer Desalojo en Pcia - para pedir lanzamiento

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 #1097833  por Anajuridica
 
Estimados, buenas tardes.
La consulta es: voy por la actora en juicio en lomas de zamora, bs as, tengo sentencia de desalojo, quedó firme, y está integrada la tasa de justicia. Ahora:
1.- pido el mandamiento de lanzamiento? Alguno tiene modelo completo con todo lo que hay que pedir al Juzgado?
2.- Una vez que lo ordene, qué tengo que hacer? Cuáles son los pasos que tengo que tener en cuenta? No tengo idea de qué debe hacerse en lo concreto, qué recaudos tener, previsiones,
etc.
Muchas gracias!!!!!!
 #1097889  por abogado1987
 
solicitaría se ordene librar mandamiento de lanzamiento,
como simple pauta >

“San Isidro, ...... de .... de 2014.- AUTOS Y VISTOS: En atención a lo pedido, encontrándose vencido el término acordado a los demandados en la sentencia dictada a fs. .... , efectivícese el lanzamiento de ................, subinquilinos y ocupantes, con relación al inmueble de la calle ................... de la localidad de ........., Partido de ........ , provincia de Buenos Aires, a cuyo fin, líbrese mandamiento el que deberá diligenciarse con habilitación de días y horas inhábiles.
En el instrumento mencionado se hará constar que el señor oficial de justicia se halla facultado para allanar domicilio en cualquier circunstancia, ya sea que medie resistencia activa o pasiva (art. 214 de la Ac. 3397/08) y aún cuando los ocupantes no respondan a los llamados o el inmueble se encuentre desocupado (art.215 de la Ac. 3397/08) y hacer uso de la fuerza pública -si fuere necesario- librándose oficio a tal efecto (arts. 211, 223 y los ya citados de la Ac. 3397/08)
Asimismo, podrá requerir los servicios de una ambulancia y/o de un cerrajero, que serán a cargo del peticionante (art. 223 de la Ac. 3397/08).
Hágase saber al oficial de justicia que intervenga en la diligencia que en caso de que el inquilino se encontrare aún en el inmueble, deberá nombrarlo depositario de los bienes muebles que se encuentren en el mismo. Para el caso de que el inmueble se encuentre desocupado, deberá nombrar depositario de dichos bienes a la parte actora, quien podrá trasladarlos a un deposito, a costas del demandado.
De igual forma, hágase saber al oficial de justicia interviniente, que en la misma diligencia se hará entrega de la tenencia definitiva del inmueble de autos a la parte actora o a sus autorizados (art. 226 de la Ac. 3397/08).-
Todo ello, PREVIO CUMPLIMIENTO con los arts. 21 y 22 de la ley 6716 (t.o. por leyes 10.268 y 12.526), a cuyo fin regulanse los honorarios de los letrados intervinientes: .........- en la suma ........ y ..........., todos ellos con mas su aporte legal. (arts. 9, 14, 15, 16, 28, 40, 51 y 54 del decreto ley 8904/77). REGISTRESE. NOTIFIQUESE.- Fdo ...... JUEZ”

 #1119999  por Anajuridica
 
Muchas gracias por esta respuesta. Me fue de gran utilidad.
El juzgado ha ordenado el lanzamiento. He visto que hay un formulario a completar. Cómo debe llenarse? Luego se deja a confronte o como una cédula? Desde ya, agradezco la ayuda!!
 #1120051  por NathalyC
 
Efectivamente el lanzamiento se hace mediante el formulario que podes descargar de la pag del colegio de abogados (te dejo link http://www.calz.org.ar/index.php?seccion=formularios) ..ahi deberas completar con los datos de la causa y las facultades que se han otorgado al oficial de justicia, transcribis el auto que lo ordena. Una vez completado lo dejas a confronte, el juzgado lo va a remitir a la oficina de notificaciones y tenes 10 dias para presentarte ahi y cordinar con el oficial la fecha para proceder al desalojo. espero te sirva la ayuda. saludos
 #1120121  por abogado1987
 
Anajuridica escribió: ... juicio en lomas de zamora, bs as, tengo sentencia de desalojo ...
tené presente que el juzgado de LZ solo remite mandamientos
a la oficina de mandamientos de LZ, si el inmueble se encuentra
en otro partido lo tenés que tramitar vos o un autorizado ante la oficina
de Mandamientos y Notificaciones donde esté ubicado el inmueble >

Art.16: Las Oficinas de Mandamientos y Notificaciones cumplimentarán las diligencias
que deban efectuarse dentro del Partido en que se halla su asiento....

Acuerdo nº 1814
(Modificado por Acuerdo 1840 y Res.1077/79)
 #1482329  por PatriciaNL
 
Buenas tardes colegas,
Estaba leyendo este post, estoy en una situación similar,
quedo firme sentencia de desalojo voy por la parte actora, debería entonces pedir que el juzgado ordene el
mandamiento de lanzamiento? y en caso de ser así podrían ayudarme con las pautas que debería tener
en cuenta para pedirlo, se que cerrajero, fuerza pública, pero que más debería solicitar.
Y si alguien tiene algun modelo sería de gran ayuda, es mi primer desaloJo!!
Gracias!