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  • duda cd para ejecutar pagare

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 #1119375  por pequines
 
Hola !! tengo una duda, en que casos, por resguardo es necesrio antes de ejecutar un pagare, intimar por cd. ?gracias
 #1119409  por marisa3007
 
Hola si tenes un pagare sin protesto no es necesario enviar una cd inicias la demanda y al momento de notificar los demandados pueden conciliar con vos o en el juzgado para pagar la deuda. Ademas te evitas dinero de la cd y posibles chicanas que te pueden hacer al notificar la demanda, como decir que ahi no vive el demandado en el momento de la notificacion que se mudo y te dan otra direccion.
No es necesario enviar una cd, pero si lo queres hacer lo podes hacer. Espero haberte ayudado.
 #1119415  por pequines
 
ok entonces no es necesario inicio la demanda . Si alguien tiene una opinion contrario o juris aguardo comentario. gracias !!!!!
 #1120155  por hectorjose
 
No vas encontrar opiniones en contra, es claro, la clausula sin protesto al vencimiento de la obligacion podes ejecutarlo via judicial.-
Aca en Santa Fe, es optativo para el titular de la accion promover la mediacion previa, que en definitiva es mas gastos.-
Dale para adelante nomas.