Buenas noches, les planteo mi caso: Mi cliente es de la localidad de Luque, Córdoba, correspondiendo los Tribunal Federales de Villa María. El reclamo y el juicio lo presentamos en Cba, desconociendo la incompetencia de dicho Tribunal. Presentamos la demanda, salió el primer decreto ordenando que se corra traslado de la misma al ANSeS; notificamos con fecha 19 de diciembre de 2013. El 1 de abril de 2014 se declaró incompetente el tribunal ordenando la remisión del juicio a Villa María. Allí presentamos el decaimiento del dcho de ANSeS al no contestar la demanda y solicitamos la apertura a prueba. El tribunal solicitó que notificáramos al Tesoro de la Nación el inicio del Juicio (en Cba capital no se pide ya que es declarado inconstitucional) Luego de cumplido este paso y acompañado el aviso de retorno, Sale un decreto el cuál dispone que se cite a ANSeS para que conteste la demanda...... NOS PIDE QUE CUMPLAMOS LA PRIMERA ETAPA PROCESAL NUEVAMENTE. Mi consulta es: al ser Anses un ente nacional no puede considerarse cumplida la obligación de citar y emplazar a ANSeS a que conteste la demanda en la primera oportunidad? el decaimiento del derecho por no hacerlo fue incorporado en Villa María, en el Juzgado que corresponde. No puede considerarse cumplida la primera etapa? si alguien puede guiarme, lo agradeceré.
