Responsabilidad Parental ......ex tenencia.
Regimen de comunicación.....ex regimen de visitas.
Estos dos,los tenes que presentar sólo con la solicitud de trámite,fijate en los nuevos códigos ,me refiero a la materia.
Con respecto a los alimentos,podés presentar la solicitud de trámite,pero dependerá del criterio del juzgado si te los dan como etapa previa o de conocimiento,en este último caso te intimarán a acompañar la demanda con la prueba documental y ofrecer la restante.
P E R S O N A

"He tomado sobre mis espaldas el monopolio de mejorar sòlo a una PERSONA,y esa persona SOY YO MISMO,y se cuan difìcil es conseguirlo"MAHATMA GANDHI