Hola colegas. LLega a mi el siguiente caso y tengo algunas dudas para compartir: Un sr. realiza reconocimiento de un niño y ello ocurrió hace mas o menos 4 años, pasa cuota y cumple con todos sus deberes, pero tiene dudas de que sea realmente suyo. La duda es la siguiente, según el Nuevo Código Civil el en el art. 593 puede impugnar "...desde que se tuvo conocimiento de que el niño
podría no ser el hijo.", yo me pregunto, cómo demostrar ese conocimiento?, basta con que diga al juez sus dudas y se pida ADN?, o bien habría que aportar elementos fuertes (como ser un ADN privado), testigos de que la expareja tenía relaciones con otro Sr., etc.. Me parece dificil el asunto de la legitimación del art. 593, si bien es loable que ya no hay tope de 2 años como antes, pero dificil demostrar ese conocimiento que pide. Tienen idea de algún caso del estilo?. Bueno espero que me digan sus ideas. Saludos a todos.
podría no ser el hijo.", yo me pregunto, cómo demostrar ese conocimiento?, basta con que diga al juez sus dudas y se pida ADN?, o bien habría que aportar elementos fuertes (como ser un ADN privado), testigos de que la expareja tenía relaciones con otro Sr., etc.. Me parece dificil el asunto de la legitimación del art. 593, si bien es loable que ya no hay tope de 2 años como antes, pero dificil demostrar ese conocimiento que pide. Tienen idea de algún caso del estilo?. Bueno espero que me digan sus ideas. Saludos a todos.