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  • El expediente debe estar en la Udai el dia del turno

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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #1121409  por joseRD
 
Hola buenas tardes colegas, queria preguntarles cual era la circular de ANSeS queq dice que el expediente debe encontrarse en la Udai donde se saco el turno el dia del mismo? quiero llevarla impresa, dado que aca en Tartagal la Udai de ANSeS anda muy mal y los empleados son unos trogloditas que no solo no hacen su trabajo sino que tambien le mienten a la gente. Espero sus respuestas, desde ya muchas gracias!
 #1121761  por VLA28
 
Hola! Disculpame pero que tipo de expediente queres iniciar? Es un reclamo, un recurso?
En caso de que no te quieran tomar el inicio de una jubilación por ejemplo, porque el Reconocimiento de Servicios está en el archivo, ellos deben tomarte el inicio igual y luego piden internamente el pase del otro expediente. O sea, en esta situación del ejemplo, no existe norma alguna que exija al titular que el expediente de Reconocimiento de Servicios se encuentre en la UDAI que te salió asignada el día del turno para iniciar el beneficio jubilatorio.
Ahora bien, diferente sería el caso de un Reconocimiento de Servicios que se encuentra en "poder del titular". En ese caso, el día del turno para el supuesto de que estés iniciando una jubilación, tenes que llevar ese Reconocimiento de Servicios para que te lo unan por cuerda y lo trabajen correctamente.
Si te dan muchas vueltas, solicitá inicio bajo insistencia.-
Saludos!
 #1124840  por PIXITA
 
VLA28 escribió:Hola! Disculpame pero que tipo de expediente queres iniciar? Es un reclamo, un recurso?
En caso de que no te quieran tomar el inicio de una jubilación por ejemplo, porque el Reconocimiento de Servicios está en el archivo, ellos deben tomarte el inicio igual y luego piden internamente el pase del otro expediente. O sea, en esta situación del ejemplo, no existe norma alguna que exija al titular que el expediente de Reconocimiento de Servicios se encuentre en la UDAI que te salió asignada el día del turno para iniciar el beneficio jubilatorio.
Ahora bien, diferente sería el caso de un Reconocimiento de Servicios que se encuentra en "poder del titular". En ese caso, el día del turno para el supuesto de que estés iniciando una jubilación, tenes que llevar ese Reconocimiento de Servicios para que te lo unan por cuerda y lo trabajen correctamente.
Si te dan muchas vueltas, solicitá inicio bajo insistencia.-
Saludos!
hOla VLA28: estoy en una situación similar a la que planteas en tu ejemplo. Tengo q iniciar una jubilación, pero hay un reconocimiento de servicios pronto a resolver. No quiero pedir el turno para la jubilación en la misma UDAI del reconocimiento, porque trabajaron muy mal y lento por sobre todo. La pregunta es: si para el día del turno en una UDAI distinta, aún no tengo la resolución notificada de Anses por el reconocimiento de servicios, puedo tener algún problema? O directamente pido el turno en la UDAI del reconocimiento, aunque sea un desastre?
 #1124843  por benfer
 
PIXITA escribió:
VLA28 escribió:Hola! Disculpame pero que tipo de expediente queres iniciar? Es un reclamo, un recurso?
En caso de que no te quieran tomar el inicio de una jubilación por ejemplo, porque el Reconocimiento de Servicios está en el archivo, ellos deben tomarte el inicio igual y luego piden internamente el pase del otro expediente. O sea, en esta situación del ejemplo, no existe norma alguna que exija al titular que el expediente de Reconocimiento de Servicios se encuentre en la UDAI que te salió asignada el día del turno para iniciar el beneficio jubilatorio.
Ahora bien, diferente sería el caso de un Reconocimiento de Servicios que se encuentra en "poder del titular". En ese caso, el día del turno para el supuesto de que estés iniciando una jubilación, tenes que llevar ese Reconocimiento de Servicios para que te lo unan por cuerda y lo trabajen correctamente.
Si te dan muchas vueltas, solicitá inicio bajo insistencia.-
Saludos!
hOla VLA28: estoy en una situación similar a la que planteas en tu ejemplo. Tengo q iniciar una jubilación, pero hay un reconocimiento de servicios pronto a resolver. No quiero pedir el turno para la jubilación en la misma UDAI del reconocimiento, porque trabajaron muy mal y lento por sobre todo. La pregunta es: si para el día del turno en una UDAI distinta, aún no tengo la resolución notificada de Anses por el reconocimiento de servicios, puedo tener algún problema? O directamente pido el turno en la UDAI del reconocimiento, aunque sea un desastre?

Hola, no es necesario que este el Expediente para iniciar; pero si les van a pedir la resolucion que otorga el reconocimiento de servicios; como en el ultimo tiempo los expedientes se fueron digitalizando y una vez que estan pùblicados cualquier empleado de Anses los puede ver por sistema, a lo mejor ya los pueden ver por sistema. Pero si, para iniciar siempre piden el reconocimiento.- (por una cuestion que no pueden hacer un computo sin saber que paso en el otro expediente....)
 #1124847  por PIXITA
 
benfer escribió:
PIXITA escribió:
VLA28 escribió:Hola! Disculpame pero que tipo de expediente queres iniciar? Es un reclamo, un recurso?
En caso de que no te quieran tomar el inicio de una jubilación por ejemplo, porque el Reconocimiento de Servicios está en el archivo, ellos deben tomarte el inicio igual y luego piden internamente el pase del otro expediente. O sea, en esta situación del ejemplo, no existe norma alguna que exija al titular que el expediente de Reconocimiento de Servicios se encuentre en la UDAI que te salió asignada el día del turno para iniciar el beneficio jubilatorio.
Ahora bien, diferente sería el caso de un Reconocimiento de Servicios que se encuentra en "poder del titular". En ese caso, el día del turno para el supuesto de que estés iniciando una jubilación, tenes que llevar ese Reconocimiento de Servicios para que te lo unan por cuerda y lo trabajen correctamente.
Si te dan muchas vueltas, solicitá inicio bajo insistencia.-
Saludos!
hOla VLA28: estoy en una situación similar a la que planteas en tu ejemplo. Tengo q iniciar una jubilación, pero hay un reconocimiento de servicios pronto a resolver. No quiero pedir el turno para la jubilación en la misma UDAI del reconocimiento, porque trabajaron muy mal y lento por sobre todo. La pregunta es: si para el día del turno en una UDAI distinta, aún no tengo la resolución notificada de Anses por el reconocimiento de servicios, puedo tener algún problema? O directamente pido el turno en la UDAI del reconocimiento, aunque sea un desastre?

Hola, no es necesario que este el Expediente para iniciar; pero si les van a pedir la resolucion que otorga el reconocimiento de servicios; como en el ultimo tiempo los expedientes se fueron digitalizando y una vez que estan pùblicados cualquier empleado de Anses los puede ver por sistema, a lo mejor ya los pueden ver por sistema. Pero si, para iniciar siempre piden el reconocimiento.- (por una cuestion que no pueden hacer un computo sin saber que paso en el otro expediente....)
Gracias Benfer por responder: A eso me refería, como ahora está todo digitalizado, pensé que quizás el día del turno podía presentarme con el reconocimiento resuelto, pero sin su notificación. Es una cuestión de tiempos, quiero pedir el turno, y la realidad es q seguro para la fecha esté resuelto, pero no sé si estará la notificación. Hay alguna circular que me impida iniciar ?
 #1125547  por Aldeberan
 
Hola! Si tenes la Resolución original te lo inician con eso. Piden ellos el expediente adentro. La Reso le debio haber llegado por carta al cliente cuando lo resolvieron. Si esta digitalizado, inician con el digitalizado. Me pasaron las dos situaciones. Abz.
 #1125551  por PIXITA
 
Aldeberan escribió:Hola! Si tenes la Resolución original te lo inician con eso. Piden ellos el expediente adentro. La Reso le debio haber llegado por carta al cliente cuando lo resolvieron. Si esta digitalizado, inician con el digitalizado. Me pasaron las dos situaciones. Abz.

Perfecto, mil gracias!