Hola muchachos, interpuse amparo por una chiquita minusválida contra una obra social, por no pago a tiempo de los reintegros del tratamiento, lo que hacía peligrar la salud de la nena. Lo inicié a fines del 2014 y para Agosto 2015 comenzaron a pagar a mes vencido (antes lo hacían con 5 meses de demora), es decir, ya se cumplió con el objetivo del amparo. Mi cliente ya me pagó, mi pregunta es: ¿cuándo pido regulación de honorarios para que abone la obra social, puedo hacerlo ahora o hay que esperar algún momento en particular? (el juicio sigue y cada mes presentamos los pagos recibidos, pero ya no hay nada más que discutir).
En otro orden de cosas, la obra social es la ObSBA, obra social de la Ciudad y no sé si al ser del Gobierno de la CABA tenga una cláusula de "costas por su orden" como la ANSES. Al que pueda darme esta información, sepa algo o pueda orientarme, le agradezco por adelantado.
tito
En otro orden de cosas, la obra social es la ObSBA, obra social de la Ciudad y no sé si al ser del Gobierno de la CABA tenga una cláusula de "costas por su orden" como la ANSES. Al que pueda darme esta información, sepa algo o pueda orientarme, le agradezco por adelantado.
tito