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  • que denuncio? oficio IPS

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 #1122067  por GABRILITAIURIS
 
Hola buenas noches, en una sucesion , ya dos veces se libro el oficio a IPS y no lo contestan. En el juzgado me dijeron que haga una nota denunciando, pero lo que no entiendo es que tengo que denunciar. Que se cumplio el plazo de 20 dias habiles para contestar como oficina publica? Es mi primera sucesion, por ahi es una pavada. Graciasssssssss =)
 #1122075  por abogado_1987
 
GABRILITAIURIS escribió:Hola buenas noches, en una sucesion , ya dos veces se libro el oficio a IPS y no lo contestan. En el juzgado me dijeron que haga una nota denunciando, pero lo que no entiendo es que tengo que denunciar. Que se cumplio el plazo de 20 dias habiles para contestar como oficina publica? Es mi primera sucesion, por ahi es una pavada. Graciasssssssss =)
como opción > “San Isidro, . . . de Agosto de 2015 .- ... Para la APROBACION DEL TESTAMENTO se deberá acompañar: a) informes provenientes del Instituto de Prevision Social de esta Provincia o en su defecto certificado negativo de beneficio emitido a traves del sitio web " http://www.ips.gba.gov.ar" ingresando en trámites " on line", firmados por el letrado interviniente en autos...
 #1122194  por abogado_1987
 
GABRILITAIURIS escribió:Gracias! Voy a preguntar en el juzgado si me lo aceptan. De nuevo gracias!
tené presente > http://www.ips.gba.gov.ar

Opción: Trámites >> OnLine >> "Certificado Negativo de Beneficio"

No se registra Beneficio de Jubilación, Pensión o Pensión Graciable a la fecha.

Este IPS informa que al día de la fecha NO se registra Beneficio vigente a nombre de: ............... Documento: .......... .
La Plata, ..... de Noviembre de 2015. El presente comprobante tiene plena validez legal y sirve de constancia para acreditar la inexistencia de un beneficio activo, conforme surge de los registros informáticos del Organismo, no requiriendo a dicho fin, sello o firma de autoridad competente (Resolución 3/2012). La información brindada podrá ser corroborada a través de la página web: http://www.ips.gba.gov.ar
Opción: Trámites >> OnLine >> "Certificado Negativo de Beneficio".
http://www.ips.gba.gov.ar

de nada, suerte
 #1122269  por GABRILITAIURIS
 
Sii, lo acabo de imprimir y leo este texto...me lo tienen que considerar, ya van dos veces que se diligencio el oficio y no hay novedades. ASi que intento esto, mil gracias =)
 #1122303  por abogado_1987
 
GABRILITAIURIS escribió:Sii, lo acabo de imprimir y leo este texto...me lo tienen que considerar, ya van dos veces que se diligencio el oficio y no hay novedades. ASi que intento esto, mil gracias =)
de nada, suerte
 #1127649  por abogado_1987
 
abogado_1987 escribió:
GABRILITAIURIS escribió:Sii, lo acabo de imprimir y leo este texto...me lo tienen que considerar, ya van dos veces que se diligencio el oficio y no hay novedades. ASi que intento esto, mil gracias =)
de nada, suerte