hola, me paso lo siguiente en exp de escrituracion. El perito falleció, esta muy lejos los supuestos herederos del departamento judicial en donde esta radicada la escrituracion en la que intervengo, y se regularon honorarios, hace unos cuantos años. Saben si el obligado al pago (actor o demandado) abonando el capital regulado como honorarios al perito, es decir, depositandolos en el mismo expediente de escrituracion, se libera de su obligacion para poder terminar el expediente escriturando? GRACIAS!!
