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Nuevo Foro para los amantes del Derecho Tributario. Saludos a la AFIP
 #1122546  por Rooney
 
Base 01-2013 a agosto 2013.
En agosto 2013, mi cliente cobra retroactivo de remuneración accesoria de enero a julio 2013. La pregunta es ¿Se excluye de la base en atención art. 3 RG AFIP 3525? o ¿se prorratea de acuerdo a lo devengado? Según art. 2 de la misma RG. Gracias