Buenos dias Colegas. Una consulta: cuando se realiza una presentación como apoderado ante la Superintendecia del Riesgos del Trabajo, y se reconoce y otorga incapacidad al cliente? Los honorarios se perciben solo del cliente o la SRT tambien nos debe abonar??
Desde ya muchas gracias. Saludos!
Desde ya muchas gracias. Saludos!