el trabajador esta con tratramiento medico de kinesiologia. Pedimos al empleador la licencia del art 208 LCT y contesta 1 vez pidiendo un certificado medico. lo prsentamos, Reiteramos el pedido de licencia y le llega el telegrama de despdo.
corresponde pagar los 13 meses de remuneracion, por ser un despido durante la licencia? o el hecho de haber bicicleteado y no otorgar la licencia cuanso se le solicito y despedir antes de darla no otorga la indemnizacion agravada?
yo entiendo q desde q mande telegrama notificando enfermedad y pidiendo la licencia quedo notificado y es un despido agravado
corresponde pagar los 13 meses de remuneracion, por ser un despido durante la licencia? o el hecho de haber bicicleteado y no otorgar la licencia cuanso se le solicito y despedir antes de darla no otorga la indemnizacion agravada?
yo entiendo q desde q mande telegrama notificando enfermedad y pidiendo la licencia quedo notificado y es un despido agravado