Buenas,
Tengo un reconocimiento de deuda de 325.000 euros por parte un ex socio firmado (en presencia de mi gestor y sin notaria) en diciembre del año pasado (2014) y este reconocimiento esta avalado por su empresa (es administrador con mayoría creo y es una SA) y pos sus bienes personales (solidariamente).
Debido a que este año no podía pagar las dos hipotecas de sus pisos porque tiene un agujero con otra empresa, ha vendido dos pisos que tenia pero le ha llegado mi demanda para ejecutar el reconocimiento de deuda (creo que después de firmar el contrato de arras y antes pero no estoy seguro de firmar ante notario). Entonces nada mas llegarle la demanda y ser avisado de la demanda, mi abogado ha sacado una nota simple de las propiedades y aun estaban las dos casas en esta y le hemos puesto una demanda por posible alzamiento de bienes para hacer presión para que me pague porque según el, no tiene ningún activo casi ni la empresa ni el personalmente y voy a perder mi dinero.
Mi pregunta es : si la demanda por el reconocimiento y la posterior demanda por posible alzamiento de bienes le paralizara la venta de sus pisos en el momento de registrar estos en el registro porque seria una posibilidad de cobrar el dinero que me debe porque se le presionara a pagarme.
Anteriormente a mi demanda ha vendido otros bienes como embarcaciones, motos de agua, etc que posiblemente también se puedan ver como alzamiento de bienes aunque mi demanda le haya llegado después ya que en el momento de firmar el reconocimiento de deuda, los tenia, no ?
Una cosa que se me olvidaba, en el reconocimiento de deuda pone que desde que se firma hasta que se cobra, tendrá los intereses que el estado crea convenientes y que desde el 1 de enero del 2015, o sea días después de firmarlo, se podría ejecutar para su cobro o cambio por acciones a determinar por la empresa que el tiene, lo cual no me interesa y si hacer presion para que me pague o me lo cambie por su empresa entera que tiene un leasing de un barco que si me interesara siempre y cuando le pague algo mas de dinero que acordaría con el.
Un saludo !
Tengo un reconocimiento de deuda de 325.000 euros por parte un ex socio firmado (en presencia de mi gestor y sin notaria) en diciembre del año pasado (2014) y este reconocimiento esta avalado por su empresa (es administrador con mayoría creo y es una SA) y pos sus bienes personales (solidariamente).
Debido a que este año no podía pagar las dos hipotecas de sus pisos porque tiene un agujero con otra empresa, ha vendido dos pisos que tenia pero le ha llegado mi demanda para ejecutar el reconocimiento de deuda (creo que después de firmar el contrato de arras y antes pero no estoy seguro de firmar ante notario). Entonces nada mas llegarle la demanda y ser avisado de la demanda, mi abogado ha sacado una nota simple de las propiedades y aun estaban las dos casas en esta y le hemos puesto una demanda por posible alzamiento de bienes para hacer presión para que me pague porque según el, no tiene ningún activo casi ni la empresa ni el personalmente y voy a perder mi dinero.
Mi pregunta es : si la demanda por el reconocimiento y la posterior demanda por posible alzamiento de bienes le paralizara la venta de sus pisos en el momento de registrar estos en el registro porque seria una posibilidad de cobrar el dinero que me debe porque se le presionara a pagarme.
Anteriormente a mi demanda ha vendido otros bienes como embarcaciones, motos de agua, etc que posiblemente también se puedan ver como alzamiento de bienes aunque mi demanda le haya llegado después ya que en el momento de firmar el reconocimiento de deuda, los tenia, no ?
Una cosa que se me olvidaba, en el reconocimiento de deuda pone que desde que se firma hasta que se cobra, tendrá los intereses que el estado crea convenientes y que desde el 1 de enero del 2015, o sea días después de firmarlo, se podría ejecutar para su cobro o cambio por acciones a determinar por la empresa que el tiene, lo cual no me interesa y si hacer presion para que me pague o me lo cambie por su empresa entera que tiene un leasing de un barco que si me interesara siempre y cuando le pague algo mas de dinero que acordaría con el.
Un saludo !