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  • Haberes atrasados empleo no registrado de Socio minoritario

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #1123960  por ncirnigliaro
 
Buenas tardes! Ordené el caso para una mejor y rápida lectura. Es el primero de estas características con lo cual todo comentario es mas que bienvenido!

Introducción

• El cliente es socio minoritario de una S.A. con una participación del 2%.
Cumple, además de funciones propias de un socio, tareas como empleado desde el momento en que inicio su vínculo accionario con la entidad, hace 2 años.

• Cumple ordenes por tareas conferidas por el director de la S.A. con lo cual es probada la relación patrón empleado además de que por su mínima participación accionaria debiera estar registrado.

Es a su vez, Director Suplente no teniendo que desempeñar el rol de Director Titular en ninguna oportunidad.

Hechos

• Desde 12/2014 no recibe el pago de sus haberes, sumado a la no registracion de la relación laboral ni entrega de recibos de sueldo en todo el período 2014 y 2015.

• Desde 06/2015 continua desempeñando las tareas desde su hogar, dado que verbalmente le solicitaron que así proceda.

• En 12/2015 le solicitan que cese con sus actividades de manera verbal. Luego le dejan de brindar información necesaria para el desempeño de sus actividades.



En consideración de esta y otras acciones legales futuras, los accionistas de la sociedad están generando una nueva S.A. para transferir bienes y contratos y evitar consecuencias legales.

Mi recomendación sería

• Renuncia al cargo de Director Suplente con la aclaratoria de nunca haber tomado posición de Director Titular

• Envío de intimación de pago de haberes adeudados por los períodos 12/2014 a la actualidad.


La pregunta es:

Estando más que claro y excedido en término la falta de pago de sueldos,
¿Corresponde iniciar una demanda por despido dado que mi cliente comenzó a trabajar de manera remota en 06/2015 y a la fecha le niegan el acceso a las herramientas para desempeñar su labor?


Saludos!
 #1123974  por gia234
 
ncirnigliaro escribió:Buenas tardes! Ordené el caso para una mejor y rápida lectura. Es el primero de estas características con lo cual todo comentario es mas que bienvenido!

Introducción

• El cliente es socio minoritario de una S.A. con una participación del 2%.
Cumple, además de funciones propias de un socio, tareas como empleado desde el momento en que inicio su vínculo accionario con la entidad, hace 2 años.

• Cumple ordenes por tareas conferidas por el director de la S.A. con lo cual es probada la relación patrón empleado además de que por su mínima participación accionaria debiera estar registrado.

Es a su vez, Director Suplente no teniendo que desempeñar el rol de Director Titular en ninguna oportunidad.

Hechos

• Desde 12/2014 no recibe el pago de sus haberes, sumado a la no registracion de la relación laboral ni entrega de recibos de sueldo en todo el período 2014 y 2015.

• Desde 06/2015 continua desempeñando las tareas desde su hogar, dado que verbalmente le solicitaron que así proceda.

• En 12/2015 le solicitan que cese con sus actividades de manera verbal. Luego le dejan de brindar información necesaria para el desempeño de sus actividades.



En consideración de esta y otras acciones legales futuras, los accionistas de la sociedad están generando una nueva S.A. para transferir bienes y contratos y evitar consecuencias legales.

Mi recomendación sería

• Renuncia al cargo de Director Suplente con la aclaratoria de nunca haber tomado posición de Director Titular

• Envío de intimación de pago de haberes adeudados por los períodos 12/2014 a la actualidad.


La pregunta es:

Estando más que claro y excedido en término la falta de pago de sueldos,
¿Corresponde iniciar una demanda por despido dado que mi cliente comenzó a trabajar de manera remota en 06/2015 y a la fecha le niegan el acceso a las herramientas para desempeñar su labor?


Saludos!

Me parece que hay tres cuestiones: calidad de socio, calidad de Director Suplente y empleado.
Todo hace suponer que lo "utilizaron" por algún motivo, por lo que sería un "hombre de paja". Un 2% en una S.A., si no recibe los dividendos correspondientes, más el mal trato que le dan, es lo mismo que nada.

Habría que ver la importancia de la sociedad y si están haciendo alguna cosa al margen de la ley. Está claro que si tiene responsabilidades sin control de lo que se hace, su rol es meramente ficticio. Yo intentaría negociar una salida "limpia" por todo el combo: socio, director suplente y empleado. Sobre todo para que no quede pegado en nada.
Por supuesto, todo eso lo tenés que instrumentar correctamente para evitar futuros inconvenientes.