BUENOS DÍAS COLEGAS. TENGO UNA DUDA EN CUANTO AL COBRO DE MIS HONORARIOS POR UN CASO DE ALIMENTOS. YO VOY PR LA DEMANDAD. DESPUÉS DE VARIAS AUDIENCIAS DEL 636, SE LLEGO A UN ACUERDO. SE DECRETO COMO CUOTA DEFINITIVA, LA COMPENSACIÓN, DADO QUE CADA PROGENITOR TIENE UN MENOR A CARGO. AHORA MI DUDA ES. COMO COBRO MIS HONORARIOS, DADO QUE NO HAY UN MONTO, POR QUE ESTAN COMPENSADOS, DEBO ESPERAR REGULACIÓN O LE COBRO A MI CLIENTE? Y EN CADA CASO CUANTO SERIA EL MONTO A COBRAR?
DESDE YA MUCHAS GRACIAS A TODOS LOS APORTES QUE ME PUEDAN BRINDAR
SALUDOS
DESDE YA MUCHAS GRACIAS A TODOS LOS APORTES QUE ME PUEDAN BRINDAR
SALUDOS