Hola colegas, tengo una duda con respecto al cuidado personal compartido indistinto, que es la regla en el nuevo codigo ( antes tenencia) . El caso es una pareja que hace 1 año se separaron, y los hijos hace un mes y medio están de lunes a viernes viviendo con el padre y solo los fines de semana con la madre. El padre le pasa a la madre una cuota de alimentos de $3000, ademas de pagarle el colegio y todas las actividades que realizan los niños, la ropa.... La pregunta es; teniendo el cuento que los hijos viven de lunes a viernes con el padre, corresponde que el padre siga abonando una cuota mensual de alimentos? no debería proceder una disminución en la cuota de alimentos o extinguirse'? Si me pueden brindar sus puntos de vista se los agradecería. Gracias.-